La Fiscalía abre diligencias para investigar la posible culpabilidad del conductor

0

El fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Juan Calparsoro, ha abierto el caso de Enaitz Iriondo, el menor de 17 años que murió atropellado por un turismo en 2004, tras detectar la posibilidad de que el conductor incurriera en delito.

Tal y como explicó Calparsoro, Fiscalía ha abierto “diligencias informativas” para “ver si existe la posibilidad de actuar contra el conductor” del vehículo que atropelló a Enaitz cuando éste volvía al camping con el que pasaba las vacaciones con sus padres en Castañares.

Calparsoro ha tomado esta decisión, indicó, después de ver las informaciones aparecidas en los medios de comunicación, a raiz de que el conductor haya presentado una demanda civil contra los padres exigiéndoles 20.000 euros en concepto del daño que sufrió su vehículo en el accidente.

El fiscal jefe se reunió, primero, con el Fiscal de Seguridad Vial y, entre los dos, decidieron “ver si existe la posibilidad de elevar el proceso civil a penal”, ya que “hubo cosas que no se tuvieron en cuenta”.

El primer paso que dará el fiscal jefe será reunirse esta tarde, a las 19:00 horas, con los padres de Enaitz para “ver qué información tienen”. A continuación, explicó, abrirá las diligencias que considere necesarias y consultará las informaciones que vea pertinentes para, “con la mayor brevedad posible”, decidir si se puede abrir un proceso penal.

REGRESABA EN BICI

El 26 de agosto de 2004, Enaitz regresaba al camping en bici después de haber estado en el pueblo, situado a dos kilómetros. Fue “tan cauto”, explica la madre, Rosa María Trinidad, en la página web de STOP ACCIDENTES, que volvía al camping utilizando un camino vecinal que discurre paralelo a la carretera secundaria LR-111. “Sin embargo, al salir a la carretera LR-111, el conductor de un Audi A8 que circulaba a gran velocidad lo arrolló y lo mató”.

Un 'Informe Técnico' elaborado por un perito estableció que la velocidad instantes previos al impacto del turismo, tomó un valor de 173,9 kilómetros hora. El límite de velocidad máximo permitido en esa carretera era de noventa. “La frenada fue tan fuerte que las huellas de la frenada estuvieron allí durante casi un año”.

Del mismo informe, añade la madre, se puede concluir que el impacto no se produjo en el momento en el que se incorporó desde el camino a la calzada, sino que después que la bicicleta había circulado varios metros. A una velocidad de 173,9 kilómetros hora la distancia que se atraviesa es de 44,4 metros en un segundo. “Y desgraciadamente esto está en contraposición con lo que señala el atestado”.

“El impacto fue tan brutal dada la velocidad del coche que mi hijo voló por los aires a mas de 18 metros de altura, sobrepasando la luz de las farolas que estaban ubicadas en dicha carretera”, explica. No obstante, señala, “tal como se realizó y redactó el atestado del accidente, no se dio ninguna importancia a la velocidad que iba el coche, destacando, únicamente, que Enaitz iba sin chaleco reflectante y casco”. Añade a esto que “al conductor se le realizó el control de alcoholemia una hora y media después del accidente, e incluso entonces dio una tasa de 0,15 miligramos por litro de aire espirado”.

En cuanto a la demanda del conductor, la madre explica que “solicita el pago de los desperfectos de producidos en su coche por el atropello (valorados en 14.000 Euros) y además pide otros 6.000 Euros por el tiempo en que ha tenido que utilizar otro coche sustituto para trabajar”. La vista oral está prevista para este miércoles.

Etiquetas
stats