Dos años de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia grave

Dos años de cárcel por un delito de homicidio por imprudencia grave

Europa Press

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El propietario de una empresa, R.L.A., de 61 años, dedicada a la elaboración de patatas fritas en Alesón (La Rioja), ha sido condenado a dos años de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de homicidio por imprudencia grave, por el incendio en el que murió una trabajadora, en septiembre de 2010.

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la parte perjudicada ha sido indemnizada debidamente por el condenado y la aseguradora. Se puede recurrir.

En los hechos probados, se indica que en la empresa uno de los riesgos más graves, es la posibilidad de incendio, hasta el punto que en el año 2009 tuvieran que acudir los bomberos los días 12 de junio y 12 de agosto, respectivamente.

De hecho, en 2007, un servicio de prevención, alertó del “riesgo de incendio calificándose como alto, probable y grave, haciéndose recomendaciones expresas a cumplir con el Reglamento de Seguridad contra incendios industriales (RD2267/04 de 3 de Diciembre) y a señalizar convenientemente los medios de protección de utilización manual”.

Ya antes, en el 2004, otro servicio de prevención, les reclamó que nombrasen un jefe de emergencia, sin que se nombrara, ni se hubiera dotado de “equipos de primera intervención o alarma y evacuación, ni que se hubiera realizado nunca un simulacro de incendio”. Además, los trabajadores apenas tenían formación en esta materia.

Posteriormente, el año del incendio, en 2010, el acusado como administrador de la empresa, se encargó de realizar los trabajos de sustitución de la chimenea de la freidora, “sin solicitar que se hiciese estudio técnico de ninguna clase, ni encargó a ningún ingeniero que supervisase los trabajos de construcción e instalación de la nueva chimenea, sino que asumió personalmente la dirección de los trabajos de sustitución de aquella”.

Incendio

Más tarde, el 15 de septiembre, a las 09,00 horas, “como consecuencia directa de la falta de aislamiento eficaz en la chimenea que evacua los humos de la freiduría del obrador, se produjo una combustión, generándose rápidamente llamas y gran cantidad de humo”. Minutos antes, la trabajadora fallecida, había subido a los aseos,

permaneciendo en el interior mientras el fuego se extendía, ajena por completo a los intentos de algunos trabajadores para apagar las llamas, sin que -con la ausencia de previsión ya antes indicada- “se hiciera sonar ninguna alarma o sirena que pudiera ser oída en el contorno de la fábrica”. Cuando la trabajadora “trató de salir, el humo y las llamas se lo impidieron falleciendo minutos después por asfixia”.

La trabajadora tenía 25 años y llevaba trabajando en la empresa desde el día 13 de julio de 2010 con la categoría de peón, siendo titular de un contrato eventual. Había recibido una sesión de una hora de formación donde se concentraron multitud de temas, “ninguno referido a las medidas de emergencia”.

La aseguradora pagó más de 92.000 euros a los padres de la fallecida, a lo que sumaron otros 20.000 euros del propio condenado. Por estos hechos, la jueza ha condenado al propietario de la empresa a dos años de cárcel por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de homicidio por imprudencia grave.

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