Las indemnizaciones por despido del 99,9%, exentas de tributar

Las indemnizaciones por despido del 99,9%, exentas de tributar

Europa Press

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El Gobierno central aprobó ayer la reforma fiscal, que eleva el mínimo exento de la tributación de la indemnización por despido a 180.000 euros, nueva fiscalidad que tiene efectos desde ayer, 1 de agosto de 2014, y que dejará exentas las indemnizaciones del 99,9% de los trabajadores despedidos.

Además, el proyecto de ley incluye también como novedad respecto al texto inicial que las indemnizaciones por despido que se obtengan de manera fraccionada en varios años también puedan disfrutar de la reducción del 30% que tienen actualmente cuando se cobran de una sola vez por considerarse renta irregular.

Otra de las novedades es que los contribuyentes mayores de 65 años tendrán una exención para las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de cualquier bien de su patrimonio siempre que el importe obtenido, con un límite máximo de 240.000 euros, se reinvierta en la constitución de rentas vitalicias que complementen la pensión.

Igualmente, el proyecto de ley añade a los dos supuestos de liquidez actualmente regulados por la ley de planes y fondos de pensiones, que son el desempleo de larga duración y la enfermedad grave, uno nuevo: la antigüedad mayor de 10 años de las aportaciones.

De esta forma, podrá disponerse anticipadamente de las aportaciones a planes de pensiones, planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y contratos de seguro concertados con mutualidades de previsión social, que tengan más de 10 años de antigüedad, así como de los rendimientos generados por las citadas aportaciones.

Respecto a los derechos consolidados existentes a 31 de diciembre de 2014, a partir del 1 de enero de 2015, cuando entra en vigor la reforma fiscal, podrán hacerse efectivos, incluidos los derechos correspondientes a los mismos. Las cantidades dispuestas tributarán como rentas del trabajo en el IRPF.

Por otro lado, el proyecto de ley también incorpora otras novedades respecto al anteproyecto. Así, se reduce de 10 a 5 años la duración mínima de los planes individuales del ahorro sistemático, los llamados PIAS, que son seguros de vida para constituir con los recursos aportados una renta vitalicia asegurada, de forma que los rendimientos generados hasta la constitución de la renta se declaran exentos siempre que se cumplan determinados requisitos, además de la antigüedad.

Mejoras en los impuestos negativos

El proyecto de ley también incluye mejoras en la regulación de los nuevos 'impuestos negativos' por discapacitados a cargo o familias numerosas. En concreto, en los supuestos en los que los contribuyentes tengan a su cargo ascendientes o descendientes con discapacidad, podrán obtener 1.200 euros por cada ascendiente o descendiente en esta situación.

En el anteproyecto de ley, el límite operaba por cada supuesto de hecho de la deducción, mientras que en el proyecto que se ha enviado a las Cortes el límite es individual, es decir, por cada hijo o ascendiente. De esta forma, se amplían las posibilidades de aplicar la deducción.

Asimismo, se permite el derecho a aplicar las deducciones entre los contribuyentes que tengan derecho a las mismas en relación con un mismo descendiente o ascendiente, y se clarifican los supuestos que dan derecho a las deducciones por familia numerosa para incluir la integrada por hermanos huérfanos de padre y madre.

En materia de vivienda, el Gobierno ha mantenido en el 60%, frente al 50% incluido en el anteproyecto, la reducción a la que tendrá derecho un arrendador por los rendimientos que obtenga por alquilar su vivienda.

Novedades en sociedades

En el Impuesto de Sociedades, hay también novedades. En concreto, el límite a la compensación de bases imponibles negativas se calculará sobre la base imponible de forma previa a la aplicación de la nueva reserva de capitalización, con el fin de poder aprovechar mejor dicha deducción, y se mejora el incentivo a la I+D, elevando a tres a cinco millones el importe monetizable de dicha deducción para aquellas empresas que destinen a estas actividades más del 10% de su cifra de negocios.

A efectos de la deducción por I+D, se añade también al concepto de innovación tecnológica las actividades de proyectos de demostración inicial o proyectos piloto relacionados con la animación y los videojuegos. Ello beneficiará a la industria cinematográfica y audiovisual, en general.

Igualmente, el proyecto de ley introduce una nueva deducción del 20% para apoyar la producción y exhibición de espectáculos en vivo de artes escénicas y musicales. Es necesario haber obtenido un certificado del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, así como destinar al menos el 50% de los beneficios a la realización de actividades que dan también derecho a la deducción, en los cuatro ejercicios siguientes.

Junto con las novedades incluidas en la reforma fiscal aprobada hoy, que está estructurada en tres proyectos de ley, relativos a la reforma del IRPF, del Impuesto de Sociedades y la modificación del IVA y otras medidas medioambientales, se mantienen los principales cambios ya anunciados por el Ejecutivo y que, en conjunto, supondrá una rebaja de impuestos de 9.000 millones de euros entre 2015 y 2016.

Rebaja del IRPF para 20 millones de contribuyentes

En cuanto a la rebaja del IRPF, la reforma reduce a cinco el número de tramos desde los siete actuales, dejando el tipo mínimo en el 19% --frente al 24,75% actual-- y el tipo marginal en el 45% --frente al máximo del 52%--, si bien la rebaja se hará en dos fases, una en 2015 y otra en 2016, y beneficiará a los 20 millones de contribuyentes de este impuesto.

Por su parte, los rendimientos del ahorro pasarán a tributar a un mínimo del 19% y un máximo del 23%, cuando entre en vigor plenamente la reforma fiscal del Gobierno en el año 2016; mientras que los autónomos verán rebajadas las retenciones hasta el 20% en 2015 y el 19% en 2016, frente al 21% actual. Los que perciben rentas inferiores a 15.000 euros anuales ya están disfrutando de una rebaja de la retención al 15%.

Uno de los aspectos más novedosos de la reforma del IRPF es la extensión de los conocidos como 'impuestos negativos'. Así, las familias numerosas y con ascendientes con discapacidad o discapacitados a su cargo podrán cobrar por anticipado una deducción de 1.200 euros anuales en el IRPF, a razón de 100 euros mensuales, como la que actualmente perciben las madres con hijos menores de tres años.

Las empresas también pagarán menos

En materia del Impuesto de Sociedades, el tipo bajará al 28% en 2015 y al 25% en 2016, frente al 30% actual, mientras que las pymes podrán rebajar su gravamen hasta el 20% --frente al 25% actual-- siempre que se apliquen dos deducciones de nueva creación para favorecer la autofinanciación y el endeudamiento empresarial.

Además, se suprimen algunas desgravaciones, mientras se refuerza la deducción por inversión en I+D+i y se incluye una nueva desgravación por reserva de capitalización, de tal manera que las empresas podrán destinar el 10% de su beneficio a provisiones o recursos propios para promover su autofinanciación y reducir su endeudamiento.

Además de esta deducción, para las pymes se introduce también una desgravación con el mismo objetivo para que durante cinco años puedan hacer provisiones y reducir su tarifa fiscal, de tal manera que las pymes que hagan uso de estas dos deducciones, que no exigirán obligatoriedad de inversión, tributarán a un tipo del 20%.

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