El Gobierno riojano regula el procedimiento para declarar nuevos espectáculos taurinos tradicionales

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El Gobierno regional ha aprobado hoy un Decreto por el que se regulan los espectáculos taurinos populares en La Rioja con objeto de establecer el procedimiento para declarar nuevos espectáculos taurinos tradicionales. En los últimos años, algunos municipios han mostrado su interés por recuperar festejos que gozaban de gran popularidad en otra época. Además, en otras comunidades autónomas limítrofes ya existen procedimientos para declarar tradicionales nuevos festejos, por lo que se ha considerado conveniente adaptar la normativa autonómica.

Por ello, el nuevo Decreto amplía el citado artículo 3 para incluir el procedimiento que debe seguirse para declarar tradicionales espectáculos taurinos arraigados en las costumbres de nuestros municipios y contribuir con ello a fomentar la afición taurina en la comunidad autónoma. En la actualidad, disfrutan de esta declaración las sacas de vacas en Cervera del Río Alhama, el toro de San Miguel en Rincón de Soto y el toro ensogado en Cenicero y en el barrio de Carretón en Cervera y en un futuro se podrán sumar nuevos espectáculos.

La declaración de nuevos festejos se aprobará por resolución y deberán solicitarla los ayuntamientos interesados que, junto a la solicitud, deberán remitir a la Dirección General de Justicia e Interior la siguiente documentación:

Certificado del acta en el que conste la solicitud del pleno.

Informe de un especialista taurino sobre los antecedentes históricos del espectáculo en su configuración actual, junto con copia de los documentos que consten en los archivos municipales o cualquier otra prueba que acredite tradicionalidad.

Además bases reguladores del desarrollo del festejo taurino y plano del lugar en el que se celebre o del recorrido por el que transcurren; y previsión de las condiciones médico-sanitarias generales que se vayan a utilizar y previsión de las medidas de seguridad a adoptar en el desarrollo del espectáculo.

El plazo máximo para resolver la solicitud será de tres meses desde su entregada en cualquiera de las Oficinas de Registro de La Rioja o por las demás vías previstas. Transcurrido este plazo, si no se produce notificación de resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud por silencio administrativo.

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