El Gobierno facilita “la cláusula de descuelgue” hasta 3 años

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El Gobierno facilitará que las empresas no apliquen el régimen salarial previsto en los convenios de ámbito superior, lo que se conoce como “cláusula de descuelgue”, durante un plazo máximo de tres años, según el real decreto ley de reforma de la negociación colectiva, publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado.

La norma favorecerá el uso de esa cláusula a la que una empresa podrá recurrir cuando “tenga una disminución persistente de su nivel de ingresos o su situación, y las perspectivas económicas pudieran verse afectadas negativamente como consecuencia de la aplicación (del régimen salarial del convenio superior), afectando a las posibilidades de mantenimiento del empleo”.

Hasta ahora, el Estatuto de los Trabajadores determinaba que la “cláusula de descuelgue” sólo podía darse “cuando así lo requiriera la situación económica de la empresa”, lo que hacía prácticamente imposible que se utilizara, incluso en tiempos de crisis económica.

El texto fija que la “cláusula de descuelgue” se podrá aplicar por acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores, aunque, si no alcanzan un pacto, se podrá recurrir a la comisión paritaria del convenio y, en caso de que permanezcan las discrepancias, a los procedimientos de resolución de conflictos, como el arbitraje.

La decisión del árbitro es siempre vinculante para las partes, aunque su laudo se puede recurrir (sólo por aspectos meramente formales).

La “cláusula de descuelgue” no podrá aplicarse por un período superior al de vigencia del convenio “ni como máximo los tres años de duración”, establece el real decreto ley, que entra este domingo en vigor, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

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