El Tribunal Supremo, única vía para Bildu

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La denominada Sala del 61 del Tribunal Supremo ha admitido el jueves por la noche los recursos contencioso-electorales de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado contra Bildu y ha ordenado comunicar su decisión por vía telemática a las candidaturas impugnadas para que puedan personarse y presentar sus alegaciones antes de las 12 horas de este viernes.

Los 16 magistrados que integran la Sala Especial del artículo 61 han celebrado una reunión, de dos horas de duración, que ha concluido con la admisión a trámite de los recursos de impugnación de las listas de la coalición y 19 agrupaciones electorales.

Los servicios jurídicos del Estado y el Ministerio Público mantienen que las candidaturas han sido instrumentalizadas por Batasuna para presentarse a las próximas elecciones municipales y forales del 22 de marzo.

La Sala Especial del artículo 61 ha acordado acumular por un lado los recursos presentados contra las agrupaciones de electores, y por otro los presentados contra Bildu, y ha nombrado ponentes a los magistrados Rafael Gimeno-Bayón y Manuel Alarcón, respectivamente. Gimeno-Bayón, de corte progresista, formará parte de las deliberaciones ya que la sentencia en la que el Supremo anuló el pasado 12 de abril su nombramiento todavía no ha sido dictada.

Dentro de la pieza separada incoada en relación con la medida cautelar solicitada por la Abogacía del Estado, la Sala del 61 ha acordado estimar dicha petición y ha denegado cautelarmente la entrega del censo electoral a las listas impugnadas.

La Junta Electoral Central ya había acordado este jueves suspender la entrega del censo electoral a la coalición Bildu y a las agrupaciones electorales presentadas en Álava, Vizcaya y Navarra, hasta que resolviera el Tribunal Supremo.

La Abogacía del Estado pidió el miércoles al Supremo que suspendiera la obligación de la Oficina del Censo Electoral y de las Juntas Electorales de tener que suministrar copia del censo a las candidaturas de Bildu y a las 16 agrupaciones electorales que impugnó para evitar que puedan disponer de este “instrumento de localización de personas utilizado en numerosas ocasiones para atentar”.

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