Sortu opina que su legalización supondría el fin de la violencia en Euskadi

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En el escrito de alegaciones que han presentado ante el Tribunal Supremo justifican su legalización amparándose en un hipotético fin de la violencia en el País Vasco porque conllevará “la estrangulación definitiva de cualquier espacio social y político para quienes la practican puedan continuar con su actividad”. Añade que su actividad “acelerará” este proceso de desaparición de ETA.

Así se señala en el documento, de más de 200 páginas, por el que Sortu se opone a las demandas en las que la Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitan que se impida la inscripción de esta formación política en el registro del Ministerio del Interior.

La representación legal de la formación considera que no hay motivos “pertinentes” ni “suficientes” para denegar su inscripción en el registro de Partidos Políticos y que hacerlo supondría adoptar una decisión “no necesaria ni proporcional con el fin legítimo que se persigue”.

De este modo, Sortu solicita a la denominada Sala del 61 del Tribunal Supremo que acuerde la desestimación de las demandas presentadas tanto por la Fiscalía como por los servicios jurídicos del Estado y declare la inexistencia de sucesión o continuación de Sortu respecto de Batasuna.

Igualmente, los abogados de Sortu piden al alto tribunal que ordene al Ministerio del Interior que la inscriba en el Registro, un trámite que se encuentra en suspenso tras la admisión a trámite de las demandas que han dado origen a este procedimiento.

Para justificar la no condena por Sortu de la actividad de ETA en el pasado, el escrito alude a artículos publicados por juristas en varios medios de comunicación, entre ellos el suscrito por el catedrático de Derecho Constitucional Eduardo Virgala, en el que se defiende que “no hay nada en la Ley de Partidos ni en la jurisprudencia española o europea que obligue, para legalizar a un partido, a un acto de contrición por el mal causado”.

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