Pregunto25/09/2010 12:04h
Entonces si como servicios mÃnimos se entiende la prestación de servicios sanitarios, atención de emergencias, servicios sociales que se prestan en centros asistenciales y en asistencia domiciliaria, transporte de viajeros, los servicios de producción y suministro de energÃa eléctrica, producción y distribución de gas y depuración y suministro de agua, y los servicios de radio y televisión si no trabajo en ninguno de estos campos no estoy obligado a informar, ¿no?, gracias por la respuesta.
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