El Tribunal de Justicia de La Rioja confirma la actuación del Gobierno regional en la tramitación del sector Ramblasque

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El Tribunal de Justicia de La Rioja ha desestimado el recurso interpuesto por la Junta de Compensación del Plan Parcial Ramblasque contra la resolución de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial que denegó la modificación puntual del Plan General Municipal en este sector. La sentencia confirma la actuación realizada por la Comunidad Autónoma de La Rioja.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo señala que la modificación planteada por la Junta debe tramitarse como una revisión del planeamiento municipal, ya que pasaría de 275 viviendas previstas a 2.586 y se cambiaría el uso dominante de residencia unifamiliar a residencial aumentando la edificabilidad, lo que constituye una modificación de la estructura general y orgánica del territorio dado el factor demográfico de la ciudad de Logroño.

La sentencia dice, asimismo, que la modificación propuesta no está bien justificada en la memoria aportada y no cumple los requisitos establecidos legalmente.

La Sala insiste en que la modificación supone un aumento de la edificabilidad, del número de viviendas y densidad de población que resulta desproporcionado con lo previsto en el Plan General Municipal y que no están justificadas las exigencias establecidas al respecto en la legislación vigente, especialmente en la LOTUR (desarrollo de los sistemas de la estructura general del territorio, trazado y características de las redes de abastecimiento de agua, alcantarillado, energía eléctrica, etc).

El Ayuntamiento de Logroño interpuso también un recurso contra la misma resolución de la Consejería de Turismo, Medio Ambiente y Política Territorial que ha retirado tras conocer esta sentencia.

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