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El Supremo señala que Camps habría cometido delito con sólo aceptar los trajes

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El Tribunal Supremo señala en el auto en el que reabre la causa contra Francisco Camps y otros altos cargos del PP valenciano por un presunto cohecho impropio, relacionado con el “caso Gürtel”, que para la comisión de este delito “basta con la aceptación de un regalo entregado en consideración a la función o cargo desempeñado”.

La resolución del alto tribunal advierte que la jurisprudencia citada por el propio auto del Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJCV) en el que se sobreseyó provisionalmente la causa “no abona la relación causal defendida” por este órgano -que es necesaria una acción de la autoridad pública consecuencia de la dádiva- “sin más bien lo contrario”.

El pasado miércoles, la Sala de lo Penal del Supremo acordó o por unanimidad admitir los recursos de la Fiscalía y los socialistas valencianos contra el sobreseimiento ordenado por el Tribunal TSJCV y reabrió la causa contra Francisco Camps por un presunto delito de cohecho pasivo al haber recibido supuestamente varios trajes de la trama corrupta encabezada por Francisco Correa.

La decisión del Alto Tribunal devuelve “las actuaciones al magistrado instructor de la causa para que continúe su tramitación” en el Tribunal Superior de Justicia valenciano.

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