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La defensora del Pueblo insta al Gobierno y al Parlamento a presentar el recurso de inconstitucionalidad

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@page { size: 21cm 29.7cm; margin: 2cm } P { margin-bottom: 0.21cm } Aunque no sea muy conocida, una de las misiones de la defensora del Pueblo es tutelar que las leyes estatales no colisionen o invadan el marco competencial riojano. Bajo esta premisa, María Bueyo Díez ha presentado un informe al Parlamento y al Gobierno de La Rioja en el que se estudia la inconstitucionalidad de la Ley Orgánica 1/2010 y sus consecuencias en la Comunidad Autónoma.

Tal y como ha explicado la defensora del Pueblo riojano, con la entrada en vigor de esta Ley, solamente el presidente del Gobierno de España, el defensor del Pueblo a nivel nacional, 50 diputados y 50 senadores podrán impugnar ante el Tribunal Constitucional las Normas Forales tributarias.

De esta forma, y aunque se produzcan agravios en La Rioja producidos por el “efecto frontera”, ni el la Comunidad Autónoma ni sus agentes sociales podrán recurrir ante la Justicia española frente a las Normas Fiscales vascas. A lo sumo podría denunciar la situación a la Comisión Europea.

Se ha puesto en marcha ya este procedimiento legislativo de urgencia. Ésto significa que se ha aprobado reduciendo los plazos y los trámites parlamentarios que conlleva. Según María Bueyo Díez se debería haber modificado previamente no sólo es Estatuto de Autonomía del País Vasco, sino también la Constitución Española, puesto que infringe varios artículos de ambos.

Este reforma, indica la defensora, contradice los artículos 2, 9.3, 14, 24, 66, 139, 152, 161.1 a) en relación con el 163 de la Constitución Española, que tienen que ver, entre otros, con principios como el de unidad de la Nación española o la no discriminación de los ciudadanos allí donde vivan dentro del territorio español.

Además también ha asegurado que vulnera los artículos 25, 37 y 41 del Estatuto de Autonomía del País Vasco, puesto que no prevé que las Juntas Generales puedan dictar normas con valor de Ley, tan sólo normas jurídicas reglamentarias. La facultad de dictar normas con rango de Ley correspondería únicamente al Parlamento.

“Si no nos encontraríamos con tres poderes legislativos: el estatal, el autonómico y los forales; lo cual en principio no tiene cabida en el sistema constitucional español actual, salvo que se procediese a la reforma de la propia Norma Fundamental”, reza el informe.

El Gobierno de La Rioja ya anunció que iba a presentar el recurso de inconstitucionalidad. El Parlamento riojano le llevará al pleno del próximo mes de marzo y se se aprueba (con mayoría absoluta) será el primer recurso de inconstitucionalidad que presente la Cámara autonómica, ha apuntado José Ignacio Ceniceros. El presidente del Parlamento de La Rioja ha aclarado además que la fecha límite para presentarlo es el 20 de mayo.

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