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La Rioja destinará 2.264.000 euros a servicios sociales en el 2010

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El Gobierno de La Rioja aprueba un gasto de 2.264.000 euros para la convocatoria de subvenciones en materia de servicios sociales para 2010, que van dirigidas a los programas e inversiones que realicen los ayuntamientos y otras entidades locales (1.447.000 euros) y a los que realicen las instituciones sin fin de lucro (817.000 euros).

Las subvenciones de los ayuntamientos y otras entidades locales irán destinadas a: prestaciones básicas (información, valoración y orientación, alojamiento alternativo e inserción social), y a prestaciones complementarias (ayudas económicas y fomento de la solidaridad), y a construcción, reforma, equipamiento y conservación de hogares de personas mayores y sedes de asociaciones de servicios sociales, entre otras.

Las instituciones sin fin de lucro podrán acogerse a las ayudas destinadas a hogares de personas mayores, gestión de pisos tutelados, actividades relacionadas con la mujer, gestión y conservación de guarderías, actuaciones o inversiones en centros de personas con discapacidad y ayudas para minorías étnicas, inmigración y otros colectivos de exclusión social.

Las entidades locales e instituciones sin fin de lucro deben presentar la solicitud antes de un mes a partir de la publicación de la Resolución en el Boletín Oficial de La Rioja.

Además, se mantiene una línea de subvenciones de 80.000 euros dirigidas a establecer sistemas de acreditación de la calidad (ISO, EFQM y análogos).

Como novedad respecto a la convocatoria anterior

, se suprime la obligatoriedad de presentar proyecto o anteproyecto arquitectónico en la solicitud de subvención y bastará con una memoria valorada. En el caso de que se otorgue la subvención, el proyecto deberá presentarse en un plazo de dos meses desde que se reciba la resolución de concesión.

Finalmente, y por lo que se refiere a la construcción o reforma de equipamientos de los servicios sociales comunitarios, deberá presentarse una memoria suscrita por el/la trabajador/a social municipal, en la que se justifique la adecuación de los mismos a programas derivados de las prestaciones sociales básicas, especificando el destino y modelo de gestión previsto para dichos equipamientos.

Se suprime el apartado relativo a la construcción para guarderías, puesto que la competencia pasa a Educación, aunque sí queda recogido el mantenimiento para aquellas que se encuentren sujetas a la disposición transitoria del Decreto de Educación sobre centros infantiles de 0-3 años.

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