Manuel Cobo, suspendido cautelarmente de militancia en el PP

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El comité de Derechos y Garantías del PP ha decidido suspender cautelarmente de militancia al vicealcalde del ayuntamiento de Madrid Manuel Cobo.

El vicealcalde compareció esta mañana ante este Comité de Garantías, después de pedir perdón el martes por las formas en las que había realizado las críticas contra Esperanza Aguirre en un medio de comunicación y no ante los órganos del partido. Sin embargo, el vicealcalde no se retractó, durante su intervención ante el Comité Ejecutivo Nacional, del fondo de sus palabras.

La primera en comparecer este miércoles ante el Comité Nacional de Garantías del PP ha sido la presidenta del Comité Regional de Derechos y Garantías, Cristina Cifuentes, quien explicó a la salida que había trasladado a este órgano la “opinión unánime del PP de Madrid de que (al vicealcalde) se le deben aplicar las sanciones que el Reglamento y los Estatutos establecen ante faltas graves o muy graves”.

Tras ella, compareció Manuel Cobo y lo hizo ante el presidente del Comite de Derechos y Garantías del PP, Alfonso Fernández Mañueco, y del secretario, Carlos Argos García, quienes, por delegación expresa del mencionado Comité Nacional “han oído en el día de la fecha a don Manuel Cobo Vega, en relación con las declaraciones que aparecieron en el diario El País el 26 de octubre pasado”, según consta en el acta que ha facilitado el PP.

En el citado documento se ha hecho constar que “en dicha comparecencia del señor Cobo Vega” este “ha manifestado cuanto ha creído pertinente a su derecho y ha aportado la documentación correspondiente que se unirá a las actuaciones”.

Sin embargo y “sin perjuicio de lo anterior”, el Comité de Derechos y Garantías ha tomado el acuerdo de “tramitar contra don Manuel Cobo Vega el oportuno expediente disciplinario en los términos que establece el artículo 16 de los estatutos nacionales, designando el correspondiente instructor del mismo, el cual tramitará este en la forma estatuaria y reglamentariamente establecida”.

Asimismo, según el citado acta, el Comité Nacional de Derechos y Garantías ha acordado “con carácter cautelar la suspensión de militancia de Don Manuel Cobo Vega”, mientras dure la tramitación del expediente disciplinario.

El presidente del Comité hace constar que la suspensión cautelar de militancia se produce “sin que tal medida prejuzgue el resultado de este ni suponga vulneración de la presunción de inocencia que como derecho de configuración legal reconoce el artículo 24.2 de la Constitución española”.

DOS MESES PARA TRAMITAR EL EXPEDIENTE

Según el artículo 16 de los estatutos del PP, una vez designado el instructor del expediente disciplinario, este tendrá que examinar los antecedentes y proponer “el archivo del expediente” o formular el “oportuno pliego de cargos”. En este último caso, el instructor deberá proponer las “pruebas a practicar” y dará traslado al expedientado para que conteste él mismo en un plazo de 15 días, pudiendo aportar y proponer éste las pruebas que considere oportunas.

Una vez transcurrido ese plazo, el instructor acordará lo necesario para la práctica de las pruebas y si deniega alguna deberá motivarlo. Tras realizar éstas, el instructor propondrá el archivo del expediente o la “sanción que estime oportuna” remitiendo todas las actuaciones al Comité de Derechos y Garantías.

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