La Audiencia absuelve a un abuelo cuya nieta acusó de abuso sexual

Agencias

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La Audiencia Provincial ha absuelto a H.V.F del delito continuado de abuso sexual del que se le acusaba después de que su nieta afirmara haber sido víctima de “tocamientos”. La Audiencia no encuentra “acreditados los actos” de los que le acusa la joven.

Según relata la sentencia, la joven, de dieciocho años ahora, pasaba, desde muy pequeña, algunos períodos vacacionales en la casa de sus abuelos paternos.

En julio de 2005, cuando la entonces menor llevaba tres años sin acudir a la casa de sus abuelos, su padre le propuso ir a pasar unos días allí con ellos. En ese momento, la niña contó a sus padres que su abuelo le sometía a tocamientos.

Ante esta noticia, el 27 de julio de 2005, la menor, acompañada de su madre, formuló denuncia contra su abuelo. En ella narró que, desde hacía diez años, y durante los períodos vacacionales de verano, Semana Santa y Navidades, cuando se trasladaba a casa de su abuelo éste le sometía a tocamientos, se bajaba los pantalones e incluso intentó penetrarla.

La sentencia relata que la única prueba de que se dispone es la declaración de la entonces menor. En este sentido se refiere a sentencias del Tribunal Constitucional y del Supremo que hablan de que “las declaraciones de la víctima son hábiles para desvirtuar la presunción de inocencia”.

Aunque reconoce que este tipo de delitos se suceden en la “clandestinidad”, considera que “se exige un especial esmero y prudencia en la valoración de esa única prueba, ponderando la credibilidad de la testigo-víctima”.

Añade que “a la luz de la anterior doctrina jurisprudencial, el Tribunal, valorando la declaración de la menor, no llega a plena convicción de su plena credibilidad”.

Así, habla de falta de concreción temporal y descriptiva. También, de que la madre declaró “que nunca notó ansiedad en su hija, ni ningún problema anormal, siendo lo más lógico que los hechos imputados por la menor a su abuelo le hubieran ocasionado una perturbación anímica”.

Añade que ni la abuela ni el padre notaron nada anormal en la niña, incluso, la primera señaló que iba “contenta” a la casa; y que la menor no presenta “secuela o alteración psicológica”, cuando “lo más normal”, considera, sería “la existencia de un impacto emocional por la gravedad de los mismos”.

Finalmente, señala que la relación de los progenitores de la menor con los abuelos paternos se deterioró a raíz de la separación de los padres, así como del juicio de desahucio que entablaron contra la madre, que se quedó viviendo en un piso de su propiedad.

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