La portada de mañana
Acceder
Israel se prepara para una ofensiva en Rafah mientras el mundo mira a Irán
EH Bildu, una coalición que crece más allá de Sortu y del pasado de ETA
Opinión - Pedir perdón y que resulte sincero. Por Esther Palomera

El Supremo anula las candidaturas de D3M y Askatasuna

0

Los 16 magistrados han estimado también como pruebas esenciales, y por unanimidad, la identidad entre los estatutos de este partido y los de los ilegalizados EH y Batasuna para concluir que este partido es un mero “eslabón más en la cadena de entidades que ETA-Batasuna viene utilizando”. De este modo, y la espera del resultado del recurso que previsiblemente presentará Askatasuna ante el Tribunal Constitucional, la próxima será la primera legislatura en el País Vasco en la que la izquierda abertzale no contará con ninguna representación en el Parlamento Vasco.

El Supremo ha anulado las candidaturas de Askatasuna en un auto, de 102 páginas, en el que se adopta esa medida con carácter cautelar mientras se sigue tramitando el incidente de ejecución presentado contra esta formación por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, que consideran que su actividad vulnera la efectividad de las sentencias que ilegalizaron Batasuna (marzo de 2003), PCTV y ANV (septiembre de 2008).

Apenas unas hora antes de rozar el límite de las 00.00 horas de hoy lunes, tiempo máximo que el tribunal tenía para resolver sobre este asunto, la Sala concluyó que las candidaturas de Askatasuna “incurren en la figura de la continuidad o sucesión de un partido ya declarado ilegal y disuelto”, conforme al artículo 12.3 de la Ley de Partidos Políticos (LPP).

Entre los principales elementos que ha tenido en cuenta, el Tribunal Supremo destacan “el momento fundacional del partido, la finalidad pretendida con su fundación, la identidad estatutaria respecto a otros partidos ilegalizados, las vinculaciones y actuaciones de los promotores de Askatasuna y la inclusión de este partido, y de su actividad, junto con las agrupaciones electorales D3M en el marco de un plan de acción común defraudatorio”.

Sobre el citado momento fundacional, la Sala del 61 se refiere al aislamiento institucional de HB a raíz del asesinato del concejal del PP en Ermua (Vizcaya) Miguel Ángel Blanco, cuando los partidos democráticos iniciaron un proceso de mociones de censura en diversos ayuntamientos que provocaron la pérdida de algunas alcaldías de este partido. “En esa situación (...) surge en ETA la necesidad de crear nuevos referentes políticos institucionales ante la posible ilegalización de HB”, marco en el que sitúan el nacimiento de Askatasuna.

Etiquetas
stats