Los alquileres riojanos podrán acogerse al sistema de arbitraje de AEADE

Europa Press

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Los contratos de alquiler riojanos podrán acogerse al sistema de arbitraje de Asociación Europea de Arbitraje (AEADE), gracias al convenio suscrito por el consejero de Vivienda y Obras Públicas, Antonino Burgos, y el secretario general de la Asociación, Javier Iscar de Hoyos.

Burgos apuntó que con el acuerdo se trata de los firmantes de cualquier contrato de alquiler celebrado en la Rioja “puedan adherirse al sistema de arbitraje para la resolución de los conflictos que pudieran surgir durante la vigencia del contrato”.

Los riojanos podrán adherirse a esta intermediación de forma gratuita a partir de 1 de diciembre de 2008. Burgos explicó que bastará que arrendador y arrendatario acepten por escrito la intermediación de un árbitro encargado de emitir un laudo de obligatorio cumplimiento para las partes y que será designado por la Asociación Europea de Arbitraje. El coste de un poco más de 10 euros por contrato lo asume la Administración riojana.

El arbitraje (regulado en la Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje) es un mecanismo alternativo a la justicia ordinaria que permite la solución de los conflictos entre dos o más partes, y en el que un tercero neutral e imparcial, denominado árbitro, resuelve la controversia dictando un laudo que es de obligado cumplimiento y que equivale a una sentencia firme.

Para los contratos de alquiler, el arbitraje aporta seguridad jurídica a las partes y, además, lo hace de manera económica, sencilla y rápida, estableciendo el compromiso de emisión de laudo en un plazo medio de 25 días frente a los costosos y prolongados procedimientos ante los tribunales ordinarios de justicia, explicó Iscar de Hoyos

La mediación arbitral explicó el consejero podrá ser suscrito por los arrendatarios y arrendadores de cualquier contrato de alquiler de vivienda celebrado en La Rioja a partir del 1 de diciembre de 2008 que decidan libre y voluntariamente someter la resolución de sus conflictos mediante este sistema.

El laudo resuelve cualquier conflicto que se genere entre las partes en relación con el contrato de arrendamiento, incluyendo la cuantificación de daños o impagos. Garantía de la emisión de un laudo en un plazo medio de 25 días desde la designación del árbitro. El laudo arbitral equivale a sentencia firme y es ejecutable ante los tribunales si no se cumple por alguna de las partes.

El arbitraje es gratuito pero la parte perdedora deberá pagar las costas del arbitraje con un máximo de 600 euros+IVA. Los convenios de arbitraje pueden obtenerse en las Ventanillas únicas de Vivienda del Gobierno de La Rioja; Oficina de Alquiler del Gobierno de La Rioja; Oficinas gestoras de la 'Bolsa de Vivienda en Alquiler' del Gobierno de La Rioja, para los contratos firmados al amparo de este programa. Se puede obtener información, en el teléfono de Vivienda del Gobierno de La Rioja 902 077 941

En la actualidad, menos del 15 por ciento de las viviendas de La Rioja están en régimen de alquiler y existe una proporción importante de viviendas vacías. Entre las causas de esta situación se encuentran la falta de seguridad jurídica de los propietarios ante posibles conflictos derivados de los contratos de alquiler (principalmente impago de rentas y daños en la vivienda) y la lentitud en la resolución de los mismos a través de los tribunales ordinarios de justicia.

En el ámbito del alquiler, la Consejería de Vivienda y Obras Públicas impulsa diferentes actuaciones que se recogen en el Plan de Vivienda de La Rioja y que tienen como objetivo que el alquiler suponga una fórmula alternativa a la adquisición de una vivienda en propiedad.

Estas medidas se basan, por un lado, en la concesión de ayudas directas a los propietarios que ceden la vivienda en arrendamiento (pago del IBI durante cinco años) y también a los arrendatarios de esas viviendas (ayuda al esfuerzo durante cinco años), además del asesoramiento gratuito tanto para el arrendador como para arrendatario en el marco del programa de Bolsa de Vivienda en Alquiler. Además, están vigentes otras medidas para ofrecer seguridad jurídica a los propietarios ante posibles impagos de renta o daños en la vivienda alquilada (IRVI como garante del cobro de las rentas del alquiler).

Iscar de Hoyos apuntó que el coste, con el arbitraje, se reduce un 60 por ciento, ya que en los tribunales el desembolso es de unos 1.300 euros, por los 600 de la medida arbitral.

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