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Exigen que el IVA de las transmisión de derechos de viñedo tribute a 7%

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La UAGR, en la reunión convocada por la Agencia Estatal Tributaria, ha defendido que la compra de derechos de plantación por agricultores debe tributar al tipo reducido del 7 por ciento en lugar de la 16 por ciento que actualmente se exige.

El Delegado de Hacienda y Jefe de Gestión Tributaria, ante las noticias aparecidas recientemente sobre el incremento en la tributación en la venta de derechos al exigir un 16 por ciento de IVA en lugar del 4 por ciento de Transmisiones Patrimoniales, mantiene que no existe ningún cambio normativo desde la implantación del IVA en 1986. También ha aclarado que no existe diferencia tributaria entre el agricultor profesional y el que realiza la actividad a tiempo parcial.

Pero aún teniendo esto en cuenta, la UAGR explica que la gran mayoría de los agricultores están soportando últimamente un aumento de la tributación del 12 por ciento. Esto es así porque hasta hace un tiempo la Consejería de Agricultura solo exigía la tributación de Transmisiones Patrimoniales a la hora de inscribir derechos de replantación de viñedo, gravada con el 4 por ciento, pero ahora se exige la tributación por IVA al 16 por ciento.

Más del 90 por ciento de los agricultores están acogidos en IVA al Régimen Especial, donde la compensación que cobran para recuperar el IVA pagado a duras penas cubre los gastos corrientes.

Ante la interpretación que hace Hacienda de que la venta de replantación de derechos sujeta a IVA ha de llevar un tipo impositivo del 16 por ciento, la UAGR ha defendido que dicha operación, siempre y cuando se efectué en favor de titulares de explotaciones agrícolas, debe quedar gravada al tipo reducido del 7 por ciento.

La Unión lo justifica porque la ley de IVA reconoce el tipo reducido para los servicios agrarios necesarios para el desarrollo de las explotaciones agrarias, señalando concretamente la labor de plantación como operación a la que se aplica un tipo reducido de IVA. Y para plantar una viña, además de elementos materiales como la planta de viña, los postes, los tratamientos, o el servicio de preparado de la tierra, hay que contar con un factor humano de producción necesario para el desarrollo de la actividad como es la autorización administrativa de plantación.

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