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Los soldados de EEUU no serán juzgados por la muerte de Couso

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La Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional acordó hoy revocar la decisión del juez Santiago Pedraz de procesar a tres militares estadounidenses, presuntamente implicados en la muerte del cámara de Telecinco José Couso en Bagdad (Irak) el 8 de abril de 2003.

Durante la vista de apelación, celebrada el pasado 21 de abril, el abogado de la familia, Enrique Santiago, alegó que “hay motivos suficientes para llevar a cabo la investigación” y acusó al Ministerio Público de “ignorar la jurisdicción del Tribunal Supremo”, que ordenó la reapertura de la causa en diciembre de 2006.

De este modo, el tribunal, que estuvo formado Ángel Hurtado, en calidad de presidente, Fermín Echarri, y Ricardo de Prada, en calidad de ponente, estima que los indicios existentes no son sufcientes para mantener el procesamiento.

Durante la vista de apelación se discutió el recurso presentado por la propia Fiscalía contra el auto de procesamiento del juez de Instrucción, Santiago Pedraz. En sus alegaciones el representante del Ministerio Público insistió en que “no hubo intencionalidad por parte de los militares para acabar con la vida de Couso”, informaron fuentes fiscales.

Además, aunque admitió que la Audiencia Nacional “es competente para investigar los crímenes de guerra, en este caso, los hechos carecen del dolo necesario que recoge el convenio de Ginebra como requisito para llevar a cabo la investigación”. “No es un crimen de guerra ni un asesinato”, insitió el fiscal, por lo que solicitó el archivo definitivo de la causa.

En contra se mostraron los abogados que ejercen la acusación. En primer lugar habló el representante de los hermanos del cámara fallecido, Enrique Santiago, quien explicó que “los argumentos del fiscal carecen de ningún fundamento ya que ha quedado acreditado”, que el proyectil que impactó en el hotel en el que se hospedaba el cámara y que acabó con su vida respondió “a un ataque indiscriminado con absoluto conocimiento de que se trataba de una hotel de periodistas protegido internacionalmente”.

Por su parte, la familia del cámara fallecido, por medio de su hemano Javier, adelantó a Europa Press que recurrirán esta decisión ante el Tribunal Supremo como ya hicieron la ultima vez que la Audiencia Nacional decretó el archivo de la causa.

SEGUNDO RECHAZO

Se trata de la segunda vez que la Audiencia Nacional rechaza la decisión del juez Pedraz de investigar a los tres militares. La primera vez que decretó el archivo de la causa el 10 de marzo de 2006, el tribunal consideró que los hechos no fueron constitutivos de delito y que los soldados llevaron a cabo “un acto de guerra” con fatales consecuencias.

En el auto de procesamiento, el juez señaló que esta acción podía ser constitutiva de un delito de asesinato con alevosía y otro contra la comunidad internacional, que puede ser castigado, este último, con una pena de prisión de entre 10 y 15 años.

Por su parte, la Fiscalía solicitó que quedaran sin efecto las tres órdenes de busca y captura y detención internacional que el juez dictó contra ellos, así como la fianza de un millón de euros que fijó en el auto de procesamiento para cuando los tres militares pasaran a disposición de esta causa.

En el recurso, el fiscal entendía que la actitud del sargento Thomas Gibson, y sus superiores, el teniente coronel Philip de Camp y el capitán Philip Wolford, no fue “indiscriminada ni excesiva” aún cuando puede tener “relevancia penal y ser merecedora de algún reproche punitivo”, y apuntaba a la “mala fortuna y la fatalidad”.

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