El Ayuntamiento deberá indemnizar a una comunidad de Ruavieja

EFE

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Una sentencia de la Audiencia Provincial de diciembre de 2007 confirma otro fallo del Juzgado de Primera Instancia número 3, que en 2006 ya cuantificó en 462.057 euros la reparación de los daños constructivos, además de otros 43.813 euros en concepto de intereses.

El portavoz municipal de Logroño, Vicente Urquía, ha detallado que el Ayuntamiento prepara con la comunidad de propietarios unas bases para regular el reparto de esta indemnización, que servirá para arreglar aislamientos térmicos, impermeabilizaciones, terrazos y redes de saneamiento.

De este modo, se destinará un máximo de 60.000 euros para realizar un trabajo previo de inspección de las viviendas; cuando se consiga la licencia de obras, se concederá el 60 por ciento del dinero, y la cantidad pendiente se ingresará cuando los propietarios adjunten las facturas de las reparaciones realizadas.

Esta promoción de 116 viviendas y locales, ubicadas junto a la comisaría de la Policía Local, se entregaron en 1990 y 1991, y desde entonces los vecinos han presentado en el Ayuntamiento “multitud de escritos de reclamaciones”, debido a las “numerosas, claras e importantes deficiencias”, según recoge la sentencia.

El fallo recalca que existen “vicios (de ruina) imputables al Ayuntamiento”, que como promotor de las viviendas, “ha incumplido parcialmente los contratos”.

La ejecución de esta obra fue “muy deficiente” en materia de aislamientos térmicos, impermeabilizaciones y colocación y pulido de los terrazos.

Por ello, desde los años noventa se han producido filtraciones de agua desde los patios interiores a los sótanos, trasteros y escaleras situados debajo.

Además, las conducciones de saneamiento no responden a los parámetros proyectados ni en sus medidas, ni en su diámetro, ni en su ubicación, ya que se colocaron en jardines con árboles, que son “zonas inadecuadas”.

Por ello, la sentencia recuerda que a lo largo de más de dos décadas, los propietarios han presentado “continuas y reiteradas reclamaciones”.

Según recoge el informe pericial presentado por los vecinos demandantes, “los materiales eran de mala calidad, las subsanaciones o no se han producido, o han sido poco acertadas, mientras que las variaciones del proyecto no han solucionado los problemas”.

La sentencia insiste en que “la presencia de defectos y vicios constructivos patentes afectan de modo serio a la exigible comodidad e, incluso, a la dignidad de la apariencia externa de la vivienda”.

Sin embargo, no se ha estimado la petición de los vecinos de una indemnización por daños y perjuicios causados por estos defectos de construcción, ya que no los cuantificaron en su demanda.

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