Vías para llegar a constituir grupo parlamentario

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El Reglamento del Congreso contempla varias vías para poder crear un grupo parlamentario. En primer lugar, podrán constituirse en grupos los partidos que obtengan más de 15 de escaños. También podrán hacerlo los que logren al menos, cinco diputados y un 5 por ciento de los votos a nivel nacional o bien el mismo número de escaños y un 15 por ciento en aquellas circunscripciones en las que presenta candidatura.

Estas condiciones garantizan que los dos partidos mayoritarios puedan constituirse en grupo parlamentario, ya que superarán los 15 escaños. Tampoco supone problemas, en principio, para los nacionalistas de CiU y PNV, que suelen alcanzar los 5 escaños y llegar al 15 por ciento de sufragios en las circunscripciones en las que se dividen sus respectivas comunidades.

Sin embargo, cumplir los requisitos que se establecen para los grupos minoritarios puede presentarse difícil para otras formaciones como Izquierda Unida, Esquerra Republicana o Coalición Canaria, que sí consiguieron crear grupo propio tras las elecciones de hace cuatro años.

La constitución de los grupos parlamentarios debe ser aprobada por la Mesa del Congreso y ha de llevarse a cabo en los cinco días siguientes a la constitución de las Cortes Generales, que tendrá lugar el próximo 1 de abril.

VENTAJAS POLÍTICAS Y ECONÓMICAS

Tener grupo propio supone grandes ventajas políticas, económicas y de medios. Así, la formación que cuenta con grupo tiene garantizado al menos un representante en todas las comisiones parlamentarias, y en la Diputación Permanente, así como voz propia en la Junta de Portavoces y capacidad para intervenir en todos los debates en igualdad de condiciones, mientras que dentro del Grupo Mixto hay que repartirse tiempos de intervención y asientos en las comisiones.

En las sesiones de control, tener grupo propio posibilita entrar en los cupos de preguntas e interpelaciones al Gobierno, así como ventajas a la hora de incluir sus proposiciones no de ley en los plenos, pero en el Grupo Mixto todo ese 'pedazo de tarta' debe distribuirse a partes iguales.

Además, las formaciones que integran el Grupo Mixto no pueden presentar proposiciones de ley y carecen de la posibilidad de ser elegidos por el Pleno de la Cámara para formar parte de las comisiones que tratan información clasificada, sea de Secretos Oficiales, de Fondos Reservados o del Centro Nacional de Inteligencia.

En el plano económico, por ejemplo, durante la anterior legislatura las fuerzas políticas que se constituyeron en grupo recibieron una subvención fija de 12.000 euros mensuales y otra variable, en función del número de diputados componían el grupo, que ascendía a unos 1.200 euros mensuales por escaño. Obviamente, tener grupo propio permite a una formación política disponer de esas subvenciones íntegramente, mientras que, estando en el Grupo Mixto, se han de repartir las cuantías con el resto de componentes.

LOS CASOS DE 2004

En la anterior legislatura la formación que lidera Gaspar Llamazares se aseguró el requisito de los cinco escaños al sumar sus 3 diputados a los 2 que logró ICV, con la que concurría, como ahora, en coalición en Cataluña. IU logró el 4,96 por ciento de los votos en todo el Estado y, para poder llegar al 5 por ciento que fija el Reglamento, reclamó a la Junta Electoral que le computase también el 8,59 por ciento de sufragios que había conseguido en Baleares la coalición de la que allí formaba parte.

Pero el organismo arbitral eludió pronunciarse antes de la proclamación definitiva de los resultados, que se produjo después del día fijado para que la Mesa del Congreso constituyera los grupos de la VIII Legislatura. Finalmente, se hizo una interpretación flexible de las normas de la Cámara y la Mesa -con los votos de PSOE, CIU, e IU y la abstención del PP- permitió a IU-ICV formar grupo propio.

En esta ocasión Izquierda Unida ha obtenido el compromiso previo de la Junta Electoral de que se considerará a esta formación como una única coalición nacional y que, por tanto, se le computarán como suyos todos los sufragios que obtenga en las circunscripciones en las que se presenta en coalición con otros partidos.

RECURSO DEL PP CONTRA EL GRUPO DE ERC

Por su parte, ERC sumó 8 diputados pero no llegó al 15 por ciento de los votos en Barcelona, donde se quedó en el 14,16 por ciento (sí superó el 15 por ciento en las otras tres circunscripciones catalanas). Esta formación también se había presentado en la Comunidad Valenciana, donde sólo se hizo con el 0,5 por ciento de sufragios.

Sin embargo, la Mesa del Congreso sí dio vía libre a los republicanos para tener grupo propio, con el voto en contra del PP, que incluso llevó el asunto al Tribunal Constitucional mediante un recurso que aún no se ha resuelto.

Los 'populares' alegaron entonces que en lugar de computar el 15 por ciento en las circunscripciones en que ERC presentó listas se contabilizó sólo el porcentaje alcanzado en aquellas en las que había obtenido representación, es decir, se obvió el dato de la Comunidad Valenciana.

PRESTAMOS A COALICIÓN CANARIA

Otro caso fue el de Coalición Canaria, que, como en ocasiones anteriores tuvo que pedir prestados diputados a otros grupos para poder constituir el suyo. En 2004, los nacionalistas canarios sólo lograron tres escaños, pero sí superaron la barrera del 15 por ciento de los votos en sus dos circunscripciones. Aquella vez CC recibió ayuda del PSOE, que le cedió a sus dos diputados por Toledo para sumar los 5 diputados necesarios. Cuatro años antes fue Unión del Pueblo Navarro la que le prestó parlamentarios. Estos diputados cedidos se integran después en los de sus respectivos partidos.

Tras los comicios del 14 de marzo de 2004 se quedaron sin poder constituirse en grupo y pasaron por tanto a integrarse en el Mixto los dos diputados del BNG y los representantes de Chunta Aragonesista, Eusko Alkartasuna y Nafarroa-Bai, que obtuvieron un escaño cada uno.

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