Conmutan por una multa la pena de cárcel a los empresarios de Baños

0

El juzgado de lo Penal número 2 de Logroño ha conmutado la pena de tres años de prisión impuesta a tres empresarios de Baños de Río Tobía, que contrataron ilegalmente a un trabajador ecuatoriano que falleció en un accidente laboral, por una multa de 8.740 euros y trabajos en beneficio de la comunidad.

El auto del juzgado, al que tuvo acceso Rioja2.com, recuerda que los tres empresarios -Tomás Sauri Amutio Olave, Javier Amutio Sobrón, y Miguel Ángel Amutio Sobrón, padre e hijos-, fueron condenados a la pena de cárcel dos años y multa de 6 meses -con una cuota diaria de 6 euros-, por un delito de contratación ilegal, y a otro año de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores con imprudencia grave. Además fueron condenados al pago de 150.000 euros de indemnización a la familia del fallecido, Juan Carlos Vallejo, de 20 años.

Los empresarios solicitaron la petición de indulto, que les fue denegada, según recuerda el auto. El Ministerio Fiscal planteó la sustitución de las pena de dos años por una multa de 1.460 días a 6 euros diarios, lo que supone 8.760 euros para cada uno de los condenados. Además se sustituye la condena de un año de prisión por la de trabajos en beneficio de la comunidad, que se desarrollarán, previa entrevista con el Servicio Social Penitenciario, en instituciones o actividades de ayuda a personas inmigrantes.

El Juzgado también impone a los tres condenados su participación en un curso de Seguridad e Higiene en el Trabajo y Prevención de Riesgos Laborales, del que se excluye a Tomás Sauri por razones de edad, según la decisión judicial.

El juzgado considera procedente la sustitución de la pena dado que “no se trata de reos habituales”, por la “naturaleza de los delitos” y por el “arraigo social y circunstancias personales” de los condenados, en las que relatan que “son empresarios de Baños de Río Tobía con un considerable número de trabajadores a su cargo y la contratación de un ciudadano extranjero con restricción de sus derechos”. El auto atiende, según argumenta el Juzgado, a lo dispuesto en el artículo 25 de la Constitución, que indica “que las penas deben estar orientadas hacia la reeducación y reinserción social”.

Los hechos que motivaron la condena de los tres imputados tuvieron lugar el 14 de agosto de 2003, cuando la víctima, Juan Carlos Vallejo, ecuatoriano de 20 años, estaba pintando un edificio de los acusados. Vallejo -contratado por el padre-, no tenía permiso de trabajo y no estaba dado de alta en la seguridad social.

Fue uno de los hijos el que encontró el cadáver, al entrar en el edificio en el que el ecuatoriano estaba trabajando. En un primer momento, y dadas las condiciones ilegales en las que trabajaba, le quitó el buzo de trabajo y argumentó ante la Guardia Civil que había entrado a robar.

Este suceso provocó una gran polémica en la región, especialmente cuando la familia de los acusados solicitó el indulto, que fue respaldado por el presidente riojano, Pedro Sanz. Una petición que fue rechazada por el Consejo de Ministros.

Etiquetas
stats