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Primera vista sobre las 'vacaciones fiscales' en el Tribunal Europeo

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La Comisión Europea y las diputaciones forales vascas se enfrentaron en el Tribunal de Primera Instancia de la UE sobre la legalidad de las ayudas conocidas como “vacaciones fiscales” concedidas en la década de los noventa a empresas en el País Vasco.

En la primera sesión de la vista sobre el caso, que proseguirá el miércoles y jueves, el abogado de las diputaciones de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya y del Gobierno vasco, insistió en los numerosos fallos en el procedimiento por el que la Comisión declaró ilegales las citadas ayudas. El letrado denunció en particular que Bruselas no fundamentara adecuadamente las razones por las que las ayudas fueron declaradas ilegales y recordó que el primer análisis llevado a cabo por el Ejecutivo comunitario en 1994 no detectó ninguna irregularidad.

También criticó que cuando en el año 2000 la Comisión retomó el caso después de una nueva denuncia decidiera analizar las subvenciones como ayudas “nuevas” en lugar de las ya “existentes”. Asimismo, el abogado de las diputaciones forales denunció que la Comisión tardara 79 meses en realizar el examen preliminar, plazo que calificó de “irrazonable” y que consideró un incumplimiento del deber de diligencia.

Por otra parte, la defensa de la patronal vasca (Confebask) hizo hincapié en que ninguna de las empresas que recibió las subvenciones podía prever que serían declaradas ayudas de Estado, al ser una asistencia de carácter general que se aplica a sociedades de cualquier sector y que Bruselas no reclama habitualmente. El letrado de los empresarios vascos, que también denunció la lentitud del examen preliminar, opinó que la reclamación de las ayudas supone la ruptura de “la confianza legítima de las empresas” y aseguró que hay “razones de seguridad jurídica” para no pedir su recuperación.

También aseguró que las subvenciones en cuestión eran “muy semejantes” a otras que se concedían en territorios vecinos, en particular en el territorio de fiscalidad general en España, así como en Francia, Luxemburgo o Italia, donde la Comisión no incoó ningún procedimiento.

La defensa de la Comisión incidió, por su parte, en que las subvenciones concedidas no eran una asistencia a la inversión, sino ayudas al funcionamiento,

motivo por el que se declararon ilegales. En el País Vasco, con un nivel de renta superior al 75% de la media comunitaria, no es posible según el Ejecutivo comunitario, conceder a las empresas ese tipo de ayudas públicas al funcionamiento. El letrado reprochó asimismo a las autoridades vascas no haber remitido información a la Comisión sobre el importe ni los destinatarios de las ayudas hasta el pasado año.

El abogado de la Comunidad autónoma de La Rioja, que apoya a la Comisión, dijo no entender por qué las haciendas vascas no siguieron el ejemplo de Navarra, que desistió de sus recursos una vez Bruselas declaró ilegales las ayudas. Al igual que la Comisión, defendió que se trata de ayudas de funcionamiento y que Bruselas actuó correctamente al denunciar su ilegalidad.

El Tribunal europeo, con sede en Luxemburgo, juzga a partir de este martes las ayudas conocidas como “vacaciones fiscales” vascas sobre la base de varios recursos presentados contra el Ejecutivo de la UE. Estas ayudas fiscales, vigentes entre 1995 y el 2000, consistían en que las empresas de nueva creación no tenían que pagar una parte del impuesto de sociedades.

Se beneficiaron unas trescientas empresas, pero en el 2001 los incentivos fueron declarados ilegales por la Comisión Europa, con la obligación de que fueran devueltos por las empresas.

El caso ha acabado en el Tribunal de la UE, que a partir de este martes y hasta el jueves celebra la vista oral para juzgar si estas ayudas era legales, como sostienen las tres Diputaciones -competentes en materia de Hacienda y que son las que promulgaron las ayudas- o ilegales, como dictaminó la Comisión Europea.

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