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Gorka Lupiáñez comparece en la Audiencia Nacional

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Gorka Joseba Lupiáñez Mintegi, detenido el pasado viernes en Berriz (Vizcaya) como presunto miembro liberado de la organización terrorista ETA, comparecerá este martes ante el juez central de Instrucción número 2 de la Audiencia Nacional, Ismael Moreno, informaron ayer fuentes jurídicas.

La Fiscalía de este tribunal pedirá el ingreso en prisión de Lupiáñez Mintegi, al imputarle como mínimo los delitos de pertenencia a organización terrorista, tenencia ilícita de armas y falsedad documental, ya que cuando fue detenido por los Grupos de Acción Rural (GAR) de la Guardia Civil iba armado y portaba documentación falsa.

El presunto etarra, que ha permanecido incomunicado desde el momento de su detención, fue absuelto tres veces por la Audiencia Nacional entre junio de 2004 y junio de 2005 e iba a ser juzgado el próximo mes de enero por este mismo tribunal por actos de violencia callejera en varios municipios vizcaínos.

Lupiáñez Mintegi, de 27 años y natural de Durango (Vizcaya), fue absuelto por primera vez en junio de 2004 tras enfrentarse a 13 años de cárcel por los delitos de colaboración con banda armada y depósito de explosivos, al no quedar probada su vinculación con una serie de explosivos encontrados en una lonja de Elorrio (Vizcaya).

En este proceso el etarra Zumbeltz Larrea Azpiri fue condenado a 10 años de prisión por quedar probado que, a instancias de su tío, el miembro de ETA Iñaki Ibaibarriaga, realizó “seguimientos e informaciones precisas” desde septiembre de 2001 a marzo de 2002 sobre concejales del PP y PSOE de Durango (Vizcaya) y agentes de la Ertzaintza.

La segunda sentencia absolutoria se dictó el 27 de mayo de 2005 después de que la Fiscalía de la Audiencia Nacional le retirara la acusación de daños terroristas y estragos contra la vida por el lanzamiento de 45 cócteles molotov, el 1 de enero de 2000, contra el cuartel de la Guardia Civil de Galdakao (Vizcaya).

ABSUELTO POR UNA PRUEBA DE ADN

En junio de 2005, el presunto terrorista fue absuelto por tercera vez por la Audiencia Nacional cuando se le juzgaba por daños terroristas y tenencia de explosivos a consecuencia de un ataque de 'kale borroka' perpetrado en Durango (Vizcaya) el 20 de octubre de 2000.

El tribunal justificó su absolución por considerar ilícita la prueba de ADN que se le practicó a un escupitajo del acusado, ya que fue recogido del suelo por un 'ertzaina' sin autorización judicial. El perfil genético de esa saliva coincidía con el de un cabello hallado en un pañuelo que fue arrojado a una papelera próxima al lugar de los hechos.

En su resolución, la Sección Tercera de la Audiencia Nacional reconocía que el criterio que aplicó era “contrario al sostenido” por este tribunal “en recientes sentencias anteriores a ésta, dictadas en casos similares”. El motivo del cambio fue una sentencia del Tribunal Supremo del 19 de abril de 2005 relativa al etarra Orkatz Sodupe Gallastegui que señalaba que la intervención judicial en la obtención de la muestra a la que se practicará la prueba de ADN es, en principio y por regla general, obligada, no pudiendo ser sustituida por la actuación policial salvo que existan razones de urgencia.

Sin embargo, otra sentencia del alto tribunal del 14 de octubre de 2005 dio validez a este tipo de pruebas, lo que obligó a pronunciarse a la Sala General del Supremo, que en enero de 2006 acordó que “la policía judicial puede recoger muestras genéticas abandonadas por los sospechosos sin necesidad de autorización judicial”.

ATAQUES CALLEJEROS EN VIZCAYA

En relación con la causa por la que será juzgado en enero, el presunto liberado de ETA se enfrentará a tres años de prisión por un delito de daños terroristas y otros dos por desórdenes públicos, debido al ataque con cócteles molotov de contenedores y cajeros en 2000 durante las fiestas de Galdakao (Vizcaya)

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