Aprobadas ayudas directas del Estado para el campo por importe de 636 millones

Aprobadas ayudas directas del Estado para el campo por importe de 636 millones

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El Consejo de Ministros ha aprobado este jueves un real decreto-ley que incluye un paquete de medidas urgentes de apoyo al sector agrario para hacer frente a la prolongada situación de sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario como consecuencia de la guerra en Ucrania.

De esta forma, el Gobierno eleva a unos 2.190 millones de euros las ayudas agrarias y las habilitadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en materia de aguas.

Entre las medidas aprobadas este jueves se incluyen ayudas directas de Estado para los sectores agrícola y ganadero, que superan los 636 millones de euros, o la subvención de hasta un 70% del coste de las pólizas de seguros por la sequía de los cultivos más comprometidos por la falta de lluvias y las elevadas temperaturas. El impacto económico de todas las medidas adoptadas en el ámbito agrario suma más de 784 millones de euros.

De las ayudas directas, 355 millones de euros serán para los sectores ganaderos cárnico y lechero, 276,7 millones para la agricultura y 5 millones para la apicultura.

Desde el inicio del año hidrológico, el 1 de octubre de 2022 hasta esta misma semana, el valor medio de las precipitaciones en España ha sido un 27,5% inferior al promedio de este periodo.

El Gobierno ha considerado que en el actual escenario tras la invasión de Ucrania el sector estaba sometido a una situación “compleja” que, unida a las circunstancias climáticas, hace que resulte de “extraordinaria y urgente” necesidad adoptar medidas que garanticen el mantenimiento y la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas, reafirmen la seguridad alimentaria y permitan reforzar la senda de crecimiento económico del país.

Además del pago de las ayudas directas, el real decreto-ley contiene medidas de apoyo de ámbito fiscal, financiero, socio-laboral, hidráulico y relacionadas con la Política Agraria Común (PAC).

Pago del IBI

En materias fiscal, quedan eximidas del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) las propiedades de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas que hayan sufrido, en el ejercicio 2023, una reducción del rendimiento neto de las actividades agrarias de, al menos, un 20% en zonas con limitaciones naturales, según la normativa de la Unión Europea, o de un 30 % en las demás.

El ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas, ha recordado que en la orden del Ministerio de Hacienda y Función Pública publicada el pasado 25 de abril ya contempla una “importante” rebaja fiscal para el sector agrario, al reducir un 25% lineal el rendimiento neto para el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para todos los agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos, más de 800.000 beneficiarios.

Además, la orden incluye numerosas minoraciones en los coeficientes de entre el 30% y el 50% para los sectores ganaderos, así como determinados sectores agrarios.

Asimismo, se exime del pago de IRPF y del impuesto de sociedades las ayudas que se perciban por los ecorregímenes de la PAC.

Igualmente queda eximida del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados la formalización de avales de la Sociedad Estatal de Caución Agraria (SAECA) en los contratos de préstamo, lo que supone un abaratamiento de las operaciones que facilitan también el acceso a la financiación en mejores condiciones.

Seguridad social

En materia laboral, se ha aprobado un aplazamiento en el pago de las cuotas de la Seguridad Social y por conceptos de recaudación conjunta, cuyo devengo tenga lugar entre los meses de mayo a septiembre de 2023, para las empresas incluidas en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios, y entre los meses de junio a octubre de 2023, para los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios.

Además, se prorroga, hasta el 31 de diciembre de 2023, la medida excepcional de reducción a 10 el número mínimo de jornadas reales cotizadas necesarias para acceder al subsidio agrario en las comunidades autónomas de Andalucía y de Extremadura.

Financiación

Por otro lado, el decreto contempla una nueva ampliación en 20 millones de euros de la dotación para la bonificación de créditos de la línea ICO-MAPA-SAECA que pueden llegar hasta el 15% del principal del préstamo.

Igualmente se amplía en 3 millones de euros la línea de financiación de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) que son necesarios para la obtención de estos créditos.

Seguros agrarios

Por otro lado, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación vuelve a incrementar en 40.485.800 euros la partida destinada a subvencionar la contratación de seguros agrarios.

Esta dotación permitirá subvencionar hasta el 70% del coste de la pólizas ya contratadas -el máximo permitido por la normativa europea- que incluyan la cobertura por riesgo de sequía en los cultivos de secano de herbáceos extensivos, olivar, uva de vinificación, almendro, avellano, kiwi, endrino, alfalfa, remolacha azucarera y maíz forrajero.

Con esta ampliación, la línea de apoyo a la contratación de seguros agrarios del ministerio ascenderá ya en este ejercicio a más de 358 millones de euros.

PAC

Asimismo, el real decreto-ley contempla que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación establecerá los criterios para que, de una forma armonizada, las autoridades competentes de las comunidades autónomas puedan flexibilizar determinados requisitos de las ayudas directas de la PAC, al objeto de que las circunstancias devenidas como consecuencia de la sequía no representen impedimentos añadidos para la percepción de dichas ayudas.

Así, se amplía hasta el 30 de junio el plazo para la presentación de las solicitudes.

Tras las reuniones mantenidas con las comunidades autónomas y el sector, el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha elaborado una circular que será remitida para consulta este jueves, que recoge los requisitos de condicionalidad reforzada, ecorregímenes y ayudas asociadas para los que se puede aplicar la causa de fuerza de oficio con motivo de la sequía.

Se escalona además en cuatro fases, en lugar de las dos que estaban establecidas, la entrada en vigor del Cuaderno Digital de Explotación. Según el tipo de explotación, se retrasa al 1 de enero de 2024 y al 1 de enero de 2025 la incorporación de la totalidad de la información obligatoria a dicho cuaderno.

Medidas hidráulicas

Por último, los agricultores que sean titulares de derechos de riego y que hayan tenido una reducción en los suministros de agua que tienen concedidos se beneficiarán de una rebaja del canon. Esta bonificación será del 100% si la reducción en la dotación de agua supera el 60%, y del 50% si el recorte del suministro ha sido de entre el 40% y el 60%.

Los beneficiarios indirectos de obras de regulación en la cuenca del Guadalquivir, por su parte, tendrán una reducción del canon del 50%.

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