Una de las niñas intercambiadas al nacer en el Hospital San Pedro reclama la indemnización de 850.000 euros

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El abogado de una de las niñas intercambiadas en el hospital San Millán de Logroño, José Sáez Morga, ha requerido al Gobierno de La Rioja que cumpla con el acuerdo del Consejo de Gobierno del 5 de octubre de 2022, por el que fijó la indemnización para su clienta de 850.000 euros. Esta cantidad que, como indica, “cuatro meses después no ha sido recibida” supone estimar, en parte, lo pretendido por su defendida, 3,01 millones de euros.

El abogado recuerda -en un comunicado- que ese 5 de octubre, el Gobierno “acordó estimar en parte la reclamación que por responsabilidad de esa Administración formuló mi representada y se declaró su derecho a obtener la indemnización por importe total 850.000 euros”.

“Cantidad que -se decía- debía ser abonada por la Compañía Aseguradora; notificándose a los interesados, y a la compañía aseguradora a los efectos de proceder al abono de la cantidad reconocida en virtud del contrato de seguro suscrito”.

El despacho ha recordado que el artículo 98.1 de la Ley 39/2015, de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que “los actos de las Administraciones Públicas sujetos al Derecho Administrativo serán inmediatamente ejecutivos, aunque se recurran y sin que las excepciones legales se den en el caso”.

Por ello, habiendo transcurrido casi cuatro meses desde la adopción y notificación de dicho acuerdo, “sin que la Administración ni la aseguradora Segur Caixa Adeslas, S.A. de Seguros y Reaseguros hayan satisfecho importe alguno, y a pesar de haberse recurrido”, el abogado ha requerido hoy al Ejecutivo riojano “la ejecución del propio acto de dicho Consejo -de Gobierno- conforme al artículo 29 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativo”.

Bebés intercambiadas en el 2002

Aunque el caso trascendió en el año 2021, los hechos sucedieron en el año 2002, en el ahora derruido hospital San Millán de Logroño, cuando dos niñas llegaron al mundo con cinco horas de diferencia y, cada una de ellas, fue entregada a la familia de la otra tras pasar por la incubadora.

La ahora demandante nunca vivió con los padres a los que fue entregada y fue criada por la teórica abuela (en realidad abuela de la otra niña) que consiguió su tutela.

En el año 2017 la abuela quiso presentar una demanda de alimentos al padre al que había sido entregada y una prueba genética sacó a la luz que realmente no lo era. Posteriormente se descubrió que tampoco era hija biológica de la madre a la que había sido entregada.

Además, salió a la luz que el grupo sanguíneo que tenía asignado en su historia clínica era erróneo. “Es algo que afecta al ámbito privado y al orden público porque el registro no puede tener datos inexactos, como tampoco las historias clínicas por la Ley de Salud de La Rioja”, resaltó en su momento el abogado de la demandante, José Sáez Morga.

Su letrado instó a que se le otorgara el beneficio de la mayoría de edad y, con esta condición, se dirigió a la Inspección Médica de la Dirección General de Asistencia, Prestaciones y Farmacia de la Consejería de Salud pidiendo su identificación.

Inspección abrió una investigación con un abanico de niños que determinó que la confusión sólo podía haberse dado con la otra niña, que nació con cinco horas de diferencia y con la que tiene el grupo sanguíneo cambiado. Otra “anomalía” que se encontró fue el seguimiento del peso, que no cuadraba.

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