El presidente del TSJR, sobre la Ley de solo sí es sí: la reforma “no producirá los efectos que se pretenden”

El presidente del TSJR, sobre la Ley de solo sí es sí: la reforma "no producirá los efectos que se pretenden"

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El presidente del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja, Javier Marca, ha afirmado que la reforma ahora de la Ley de 'sólo sí es sí' “no producirá los efectos que se pretenden”, si lo que se busca es que no se revisen condenas anteriores a agresores, y cree que hubiera sido “preferible” que la norma tuviera una disposición transitoria que evitara “discrepancias jurídicas”.

Según ha apuntado, el Tribunal Supremo se pronunciará en su momento y ha dicho que “parece que se le está exigiendo que se pronuncie” ya, cuando todavía no se conoce que haya “muchas resoluciones contradictorias”. También ha subrayado que “se están unificando criterios en las distintas audiencias”.

En declaraciones a Europa Press Televisión, Marca ha abundado que modificación de la Ley ya no va a producir “los efectos que se pretenden” si lo que se quiere es modificarla para que no se revisen las condenas anteriores. “Eso no se va a producir”, ha aclarado, porque aunque se haga una ley nueva “siempre se aplica al reo la más favorable”, aunque sea la ley intermedia.

A modo de ejemplo, ha explicado que “si nosotros tenemos un código (penal) que te condena por robar un móvil a 8 años y ponen un código (nuevo) que dice ¡no, en vez de 8, 5 (años)!, y después (sale otro código) que (dice) ¡no es que 5, son pocos, están revisándose muchas penas, vamos a poner otra ley que vuelva a ser 8 (años)!. Todas las conductas anteriores a esa última ley tendrán que ser revisadas a 5 (años). Eso queda claro”.

“¿Y por qué?, porque hay una un principio general del Derecho que viene recogido en el artículo 2.2 del Código Penal, que dice que al reo se le tiene que aplicar la legislación más beneficiosa. Y diréis, ¡se cambia el 2.2!. No, el 2.2 no se puede cambiar, porque viene de un precepto constitucional de la irretroactividad de las leyes penales más favorables, y porque viene de la obligación que tenemos, por el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de aplicar al reo la ley más favorable. Es de pura lógica”, ha apostillado.

En esta misma línea, ha continuado explicado que “si yo maté ayer uno, y me pusieron 10 años, y lo mato hoy, y solo me pueden poner 8, ¿cómo puedo mantener a ése con 10, qué sentido lógico?”. “Y si matar no es delito, ¿cómo me van a mantener la condena?. ¡Hombre, matar siempre va a ser delito!” “Pero conducir sin tener el seguro obligatorio era una falta que era un delito leve, y ahora no es nada, es una infracción administrativa. Pues si te condenaron por eso, la condena se tiene que dejar sin efecto si ya no existe el delito. Si te rebajan el delito, ¿cómo te van a mantener la misma pena?”, ha sentenciado.

Preguntado si se está esperando a que el Tribunal Supremo clarifique “de una vez” todo lo relacionado con este asunto, ha querido matizar que “todo tiene sus tiempos” y al final se pronunciará, “bien en virtud de una solicitud directa que le hagan por una pena que ha puesto, o bien en virtud de esa contradicción entre el criterio de algunas audiencias provinciales”.

Marca cree que hubiera sido “preferible” que la norma tuviera una disposición transitoria que evitara “discrepancias jurídicas” para que no produjese “ningún problema interpretativo”.

“Como no la tiene, igual algunos compañeros no la ven claro. Yo lo veo claro. Y en la Audiencia de la Rioja también, pero puede haber discrepancias jurídicas. Por lo tanto no se trata de que cada tribunal hace lo que quiere, sino que cuando hay una nueva norma siempre se producen disfunciones, ¡a ver cómo se interpreta!, ¡hasta dónde llega!, se van viendo distintas sentencias, casi todas suelen ser uniformes, y si hay alguna discrepante la suele corregir el Tribunal Superior al que ha dictado la resolución, en virtud del recurso, o en su caso la sala segunda del Tribunal Supremo”, ha sostenido.

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