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Conducir usando el móvil restará seis puntos del carné a partir de hoy

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Con motivo de la entrada en vigor este lunes de la reforma de la Ley de Tráfico y seguridad vial, la delegada del Gobierno en La Rioja, María Marrodán, y la Jefa Principal de Tráfico, Beatriz Zúñiga Reinares, han dado a conocer los nuevos cambios que incorpora esta normativa estatal.

Marrodán ha recalcado que “en España podíamos sentirnos orgullosos, desde hace quince años, de haber afrontado la seguridad vial, que nos ha convertido desde entonces en el tercer país con menos fallecidos y lesionados graves a nivel europeo”.

Pero a pesar de ello, ha concretado que “había llegado el momento de reformar, de seguir avanzando, protegiendo la vida de la ciudadanía”.

De esta forma, la delegada ha señalado que la nueva ley “se adapta a los nuevos tiempos, como dice el eslogan de la DGT, y apuesta claramente por el futuro en un mundo en el que todo está cambiando, incluido la movilidad”.

Esta apuesta por el futuro queda reflejada en que, por primera vez, se incluyen temas medioambientales en la Ley Tráfico y seguridad vial, que hasta ahora no estaba recogido expresamente y que obliga a los usuarios de la vía a no causar daños a los bienes o al medioambiente.

Otro aspecto importante es que “desde 2009 no se había modificado el permiso por puntos y lo que funciona hay que revisarlo y adaptarlo para que siga siendo eficaz”.

Además, la ley aborda los elementos esenciales de la seguridad vial: distracciones, velocidad y alcohol, además del no uso o mal uso del cinturón de seguridad.

Estas malas conductas, que influyen directamente en la seguridad vial, tienen su reflejo directo en la ley con el aumento punitivo de los puntos a detraer, pero no en el importe de las sanciones, que en este sentido no cambia.

De ahí que la delegada haya querido insistir en que “el Gobierno de España no intenta recaudar más con la nueva Ley. Lo que pretende es lograr una mayor seguridad vial, concienciar a los conductores de que es prioritario que tengan buenas conductas para evitar accidentes”.

En definitiva, los cambios que se introducen en la nueva Ley de Tráfico y seguridad vial actualizan varios preceptos relativos al Permiso por Puntos. “Una herramienta que se ha demostrado válida para reducir la siniestralidad en la carretera, pero que era necesario actualizar para mejorar la eficacia del sistema, adaptarla a los tiempos y reforzar la seguridad vial”, ha comentado.

Por su parte, la Jefa Provincial de Tráfico, ha detallado las principales novedades de la nueva Ley, que pretende seguir reduciendo la siniestralidad y promover una conducción segura.

• Distracciones. Aumenta de 3 a 6 los puntos a detraer por utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce. Desde 2016 las distracciones al volante son la primera causa de los accidentes mortales.

• Cinturón de seguridad y elementos de protección. Aumenta de 3 a 4 los puntos a detraer por no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, del cinturón de seguridad, sistemas de retención infantil, casco y demás elementos de protección obligatorios. 1 de cada 4 fallecidos en accidente de tráfico sigue sin hacer uso del cinturón de seguridad.

• Velocidad. Se suprime la posibilidad de que turismos y motocicletas puedan rebasar en 20 km/h los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelanten a otros vehículos. 2 de cada 3 siniestros mortales se producen en carreteras convencionales. En 2019, año de referencia, se produjeron 239 fallecidos en colisión frontal en este tipo de vía. Esta supresión va en consonancia con el principio de Sistema Seguro de eliminar o reducir los riesgos y los adelantamientos son uno de ellos.

• Alcohol. Los conductores menores de edad que conduzcan cualquier vehículo no podrán circular con una tasa de alcohol superior a 0,0, tanto en sangre como en aire espirado. Es una infracción que no cambia, sigue tipificada como muy grave: 500 euros de multa.

• Ciclistas. Se incrementa la seguridad de los ciclistas haciendo obligatorio, en vías con más de un carril por sentido, cambiar por completo de carril cuando se proceda a adelantar a ciclistas o ciclomotores. Además, se aumenta de 4 a 6 los puntos a detraer cuando se adelanta poniendo en peligro o entorpeciendo a ciclistas sin dejar la separación mínima obligatoria de 1,5 m. También se prohíbe parar o estacionar en carril bici o en vías ciclistas.

• Recuperación de los puntos del carnet. Se unifica en 2 años el plazo que tiene que transcurrir sin cometer infracciones que detraen puntos para que un conductor pueda recuperar su saldo inicial de puntos.Hasta la aprobación de la reforma de la Ley, este periodo variaba en función de la gravedad de la infracción cometida. Se ha simplificado, de modo que sea de más fácil su comprensión y comunicación.

• Cursos de conducción segura y eficiente. Se podrán recuperar 2 puntos del carnet por la realización de cursos de conducción segura y eficiente. Una Orden Ministerial desarrollará los requisitos necesarios y las condiciones que deben de cumplir. Estos cursos se están consolidando como una buena práctica y suponen una formación adicional para los conductores.

• Objetos a la vía. Pasa de infracción grave a muy grave arrojar a la vía o en sus inmediaciones objetos que pueden producir accidentes o incendios. Esta infracción supone la pérdida de 6 puntos y la sanción de 500 euros.

• Motoristas. Se autoriza la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de moto y ciclomotor, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecte a la seguridad en la conducción.

OTRAS NOVEDADES

• Zonas de Bajas Emisiones. Se introduce una nueva infracción grave, con 200 euros de cuantía por no respetar las restricciones de circulación derivadas de la aplicación de los protocolos ante episodios de contaminación y de las zonas de las bajas emisiones.

La Ley de Cambio Climático y Transición Energética obliga a los municipios de más de 50.000 habitantes a establecer Zonas de Bajas Emisiones antes del 1 enero de 2023.

• Fraude en las pruebas de obtención del permiso de conducir: Se introduce, como infracción muy grave sancionada con 500 euros, utilizar dispositivos de intercomunicación no autorizados reglamentariamente en las pruebas para la obtención y recuperación de permisos o licencias de conducción u otras autorizaciones administrativas para conducir o colaborar o asistir con la utilización de dichos dispositivos. Además, el aspirante no podrá presentarse de nuevo a las pruebas para la obtención del permiso en el plazo de 6 meses.

• Alcoholímetro antiarranque (alcoholock) Desde el 6 de julio de 2022, los conductores de los vehículos destinados al transporte de viajeros por carretera que dispongan de interfaz para la instalación de alcoholímetros antiarranque, estarán obligados a utilizar estos dispositivos.

La normativa europea, Reglamento (UE) 2019/2144, establece la obligación de que lleven este interfaz los vehículos homologados a partir del 06/07/2022 y matriculados nuevos a partir del 06/07/2024.

Todos estos cambios normativos se están dando a conocer en la campaña informativa #NuevosTiemposNuevasNormas que la DGT está realizando desdeel 15 de febrero hasta el 21 de marzo en radio, prensa, digital, redes sociales y en el side creado en www.dgt.es.

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