La portada de mañana
Acceder
Israel se prepara para una ofensiva en Rafah mientras el mundo mira a Irán
EH Bildu, una coalición que crece más allá de Sortu y del pasado de ETA
Opinión - Pedir perdón y que resulte sincero. Por Esther Palomera

Aprobada la reforma penal en seguridad vial

0

El pleno del Senado ha aprobado, con el apoyo de todos los grupos a excepción del PP, la reforma del Código Penal en materia de Seguridad Vial, que incluye una enmienda en la que se insta al Gobierno a impulsar una “revisión de la señalización vial y de la normativa reguladora de los límites de velocidad”. El proyecto de ley volverá al Congreso de los Diputados para su aprobación definitiva.

Estas formaciones políticas entienden que las normas que regulan los límites de velocidad en toda la geografía española deben ser revisadas para adecuarlas “a las exigencias derivadas de una mayor seguridad vial”.

El senador socialista Arcadio Díaz Tejera ha explicado a Europa Press que el proyecto de ley “no establece una fecha concreta” para el inicio de la revisión de la señalización y de los límites de velocidad y añadió que esta medida tiene como fin que se dé “un mejor y más ajustado” cumplimiento de la velocidad permitida en las carreteras españolas.

El senador del PP Ignacio Cosidó dijo que el hecho de que la norma no fije un día concreto para comenzar esa revisión hace que el proyecto de ley “sea un brindis al sol”, ya que se podrá reexaminar al día siguiente de su entrada en vigor o nunca.

Por otra parte, la ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación para todos los conductores a excepción de “aquellos que conducen sin haber obtenido el permiso de conducir”. Para estos, la ley se pondrá en marcha el 1 de mayo de 2008 para “incentivarles a que se saquen el carnet” y para impulsar “el cumplimiento de la normativa penal”, según Díaz Tejera.

PENAS DE CÁRCEL A LA CONDUCCIÓN TEMERARIA

La reforma del Código Penal en esta materia ya recibió el visto bueno del Congreso a principios del octubre y prevé endurecer las sanciones por conducción temeraria, con penas de cárcel en los casos más graves.

En concreto, la reforma eleva las faltas a delitos en casos concretos de exceso de velocidad, como conducir a más de 200 kilómetros por hora en autovía, a más de 180 en carretera, y a más de 110 en vía urbana.

También será delito penal que el resultado de las pruebas dé más de 1,2 gramos de alcohol en sangre. Igualmente, se considerará un delito conducir un vehículo habiendo perdido todos los puntos del carnet o sin haber tenido nunca un permiso, supuestos que se castigarán con medidas de tres a seis meses de cárcel.

Díaz Tejera ha señalado que esta medida “supone acabar con la impunidad de los criminales al volante”, así como incorporar a la legislación española criterios que ya están instaurados en el conjunto de Europa.

Por su parte, el senador del PP Ignacio Cosidó ha pedido que se haga “mayor énfasis en la educación vial y no sólo en la represión” y ha añadido que “lo propio del derecho penal es valorar cada caso concreto”, por lo que ha criticado que en el texto no haya “excepción alguna” ante los excesos de velocidad.

Asimismo, Cosidó ha advertido del “atasco” que sufrirán los tribunales cuando entre en vigor esta ley, y dijo que su partido no sólo pone en duda la efectividad de esta medida sobre seguridad vial sino que considera “que puede llegar a ser contraproducente”.

Etiquetas
stats