Justicia crea 3 nuevas oficinas de registros de propiedad

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El Ministerio de Justicia ha creado 3 nuevas oficinas del Registro de la Propiedad, Mercantil y de Bienes Inmuebles en La Rioja, y que se sumarán a las otras 170 oficinas que el Gobierno central ha abierto en todo el país.

Mediante una Orden publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) del pasado 31 de octubre, Justicia establece “las normas necesarias para interpretar y ejecutar el Real Decreto 172/2007 de 9 de febrero, que modifica la demarcación de los registros”, informó el Ministerio. El objetivo del incremento de oficinas es, según explicó el departamento que dirige Mariano Fernández Bermejo, “mejorar y acercar este servicio público a los ciudadanos, intentado incrementar el mapa de registros en aproximadamente un 20 por ciento”.

Asimismo, la creación de 62 nuevas capitalidades en todo el país, una de ellas en Extremadura, permitirá a los ciudadanos “llevar a cabo más cómodamente sus gestiones en oficinas registrales más cercanas, y ahorrar así tiempo de espera y de desplazamientos”.

TRASLADO Y DIVISIÓN DE REGISTROS

La Dirección General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia proveerá mediante concurso de traslados estas plazas. Desde el momento de la toma de posesión del nuevo titular funcionarán con independencia, es decir, con su correspondiente Libro Diario y asumiendo el registrador el despacho de los títulos de su distrito hipotecario.

Así, el registrador afectado, tanto en el caso que haya optado por el registro matriz como por el segregado, continuará con el desempeño de ambos registros transitoriamente, ya que en los supuestos de creación de un registro por división o segregación de otro, su efectividad no tendrá lugar hasta que tome posesión el nombrado en propiedad.

Por lo que respecta al plazo para el traslado de los libros, éste se realizará en el tiempo que determine la Dirección General de los Registros y del Notariado, el cual no podrá ser superior a un mes. Finalmente, en los casos de división material de registros de la Propiedad, desempeñados por dos o más titulares en régimen de división personal, corresponderá su gestión al titular más antiguo o más moderno con arreglo al escalafón del Cuerpo.

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