Arranca el juicio contra Julián Muñoz

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El Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga juzga desde hoy al ex alcalde de Marbella (Málaga) Julián Muñoz y a siete ex ediles por un delito contra la ordenación del territorio, por el que solicita dos años de prisión y 10 de inhabilitación para cada uno tras la concesión de la licencia de obras a una empresa para la construcción de 89 apartamentos y garajes sobre suelo calificado de rústico primero y no urbanizable posteriormente. En este juicio, que ya fue suspendido en mayo de este año, los acusados son, además del ex regidor, los entonces concejales Rafael González, José Luis Fernández Garrosa, Tomás Reñones, Javier Lendínez -todos imputados en el caso 'Malaya'-; así como María Luisa Alcalá, José Luis Troyano y Alberto García.

Según las conclusiones provisionales del fiscal, a las que tuvo acceso Europa Press, los acusados, todos integrantes de la Comisión de Gobierno del Ayuntamiento marbellí, concedieron en julio de 1999 un permiso de obras a la entidad Laelco Inversiones SL, para la construcción de 89 apartamentos y garajes en la urbanización Guadalpín Norte de dicha localidad malagueña.

Esta concesión se realizó “a sabiendas de que la licencia contravenía las normas urbanísticas vigentes aplicables a la parcela para la que se concedía el permiso de obras”. Así, el fiscal entiende que en ese momento la normativa vigente era el Plan de Ordenación Urbana de 1968, que calificaba la parcela como suelo rústico de control; y, a partir del decreto 16/1981 como suelo “no urbanizable”.

El ministerio público explica en su escrito que se aplicaba el plan del 68, porque el de 1986 “era inexistente” en ese momento, al no ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) hasta el 28 de noviembre de 2000; ocurriendo lo mismo con la revisión de 1998 “por falta de autorización y publicación”.

No obstante, la acusación pública precisa en su relato de hechos que la licencia tampoco sería lícita conforme al plan de 1986, que permitía una edificación de viviendas unifamiliares adosadas, “evidentemente con un volumen de edificabilidad muy inferior al otorgado en la licencia de obras concedida”.

El fiscal señala que el expediente para la concesión del permiso incluía un informe pericial de los arquitectos municipales “referidos exclusivamente” a la adecuación de la licencia de obras al PGOU de 1998 “totalmente inexistente por su falta de autorización y publicación”.

Posteriormente, en una sesión celebrada en agosto de 2000, “de nuevo a sabiendas de que no cumplía la normativa urbanística vigente”, se concedió por unanimidad licencia de obras al proyecto básico reformado y aprobación del proyecto de ejecución.

Para el fiscal, los hechos constituyen un delito contra la ordenación del territorio, por el que piden para cada uno de los acusados dos años de prisión y 10 de inhabilitación para empleo o cargo público. Fuentes judiciales informaron de que una de las partes ha solicitado la suspensión, lo que no se determinará hasta el inicio de la vista.

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