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Agricultura respalda la Ley de Cadena Alimentaria para evitar prácticas desleales

Agricultura respalda la Ley de Cadena Alimentaria para evitar prácticas desleales

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural, Territorio y Población respalda la aprobación por el Gobierno del proyecto de modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria porque “favorece una cadena agroalimentaria más justa y equitativa”. La consejera de Agricultura, Eva Hita, considera que la norma “protege la generación de valor añadido por agricultores y ganaderos, al reforzar la posición de los productores en sus relaciones comerciales con el resto de los operadores de la cadena alimentaria, y aporta mayor transparencia en la formación de precios”.

“En La Rioja ya hemos dado los pasos para aportar la mayor transparencia al mercado agrario con la creación del Observatorio de Precios con inclusión de los costes de producción. El Observatorio de Precios ha publicado puntualmente los costes de producción y precios de productos con la cadencia prevista desde que se puso en marcha esta herramienta estadística el pasado marzo, con 54 productos cuyos costes han sido analizados hasta la fecha -más de un tercio de un total- de 141 productos referenciados”, ha asegurado Hita.

“El Observatorio de Precios con análisis de costes de producción tiene por objetivo facilitar la toma de decisiones eficaces tanto del sector como de las administraciones públicas, para orientar la gestión empresarial de las explotaciones y para aportar una mayor transparencia al mercado agrario. Su aplicación se orienta a favorecer que los márgenes de beneficios sean equilibrados para cada agente de la cadena de valor y que el consumidor pague un precio justo por los productos”, ha recordado Hita.

Los costes de cultivo se elaboran con objeto de conocer los costes unitarios euros/kilogramo de producto que repercuten al agricultor o ganadero. Los estudios de costes se realizan exhaustivamente mediante encuestas directas al sector productor. Las fechas en las que se actualicen dichos costes están supeditadas al conocimiento de la información contrastada de los rendimientos de cultivo.

La información recopilada servirá también para realizar análisis y estudios que conduzcan a elaborar políticas de seguimiento para perfeccionar y robustecer la competitividad del sector agrario riojano, así como las relaciones contractuales entre el sector productor, el sector comercializador, la industria agroalimentaria y el sector de la distribución.

Una ley a favor de la transparencia y el equilibrio en las relaciones comerciales

El Proyecto de Ley de modificación de la Ley de la Cadena Alimentaria contempla cambios que ya fueron incorporados a través del Real Decreto-ley 5/2020 publicado en febrero y traspone al ordenamiento nacional la Directiva 2019/633 relativa a las prácticas comerciales desleales en las relaciones entre empresas en la cadena de suministro agrícola y alimentario. Con este paso, se inicia ahora su trámite parlamentario con intención de que entre en vigor el 1 de noviembre de 2021.

La ley amplía los supuestos en los que es obligatorio hacer contratos por escrito hasta la práctica totalidad de las operaciones. Incorpora también las prácticas comerciales desleales que no estaban recogidas en la legislación española, fruto de la trasposición de la directiva europea, como la modificación unilateral de contratos en lo que se refiere a volumen o devolución de productos no vendidos, excepto pacto expreso.

Asimismo, se incorporan nuevas infracciones o se recalifican otras. Entre ellas, la cancelación de un pedido 30 días antes de la fecha de entrega (infracción leve) o la obstrucción de la inspección (infracción grave). Exigir pagos adicionales o la asunción de costes sobre el precio pactado también pasan de leve a grave.

La norma establece que cada operador de la cadena alimentaria debe pagar al operador inmediatamente anterior un precio igual o superior al coste efectivo de producción para favorecer que los precios se fijen de abajo hacia arriba y el reparto del valor sea más justo. Los costes de producción tienen que ser la base de la negociación de los contratos escritos y se obliga a incluir en los contratos alimentarios la indicación de que el precio pactado cubre el coste efectivo de producción.

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