Se puede ir al monte y a recoger setas por toda la provincia

Se puede ir al monte y a recoger setas por toda la provincia

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La Rioja entra en la fase 2 de la desescalada desde este lunes 25 de mayo y el Boletín Oficial del Estado (BOE) detalla las medidas relativas a la aplicación de esta fase del Plan para la transición hacia una Nueva Normalidad, comenzando por la libre circulación por toda la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Se mantiene la norma de no salir de la provincia, excepto por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

El objetivo es conseguir que, preservando la Salud Pública, se recupere paulatinamente la vida cotidiana y la actividad económica, minimizando el riesgo que representa la epidemia para la salud de la población y evitando que las capacidades del Sistema Nacional de Salud se puedan desbordar.

¿En qué horarios puedo pasear o hacer deporte al aire libre?

A cualquier hora del día, aunque las franjas horarias de 10 a 12 y de 19 a 20 están reservadas para los mayores en aquellas zonas en las que puedan existir aglomeraciones. Los grupos podrán ser de hasta 15 personas, excepto si se trata de personas convivientes, y en todo caso deben respetarse las medidas de higiene y distanciamiento.

¿Se pueden hacer reuniones en casa?

Sí, siempre que se realicen en grupos de un máximo de 15 personas, en localidades de la misma provincia y respetando la distancia de seguridad interpersonal de dos metros.

¿Se pueden realizar velatorios?

Sí. Con un límite de 25 personas si son en espacios al aire libre o 15 personas en espacios cerrados, convivan o no en el mismo domicilio. A los entierros podrán asistir un máximo de 25 personas.

¿Se puede ir a misa y a lugares de culto?

Está permitida la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere un 50 por ciento de su aforo y se respeten las medidas de seguridad e higiene.

¿Se pueden celebrar bodas?

Sí, siempre que no se supere el 50 por ciento del aforo del lugar donde se realicen y con un máximo de 100 personas al aire libre y 50 personas en espacios cerrados. Se deberán cumplir las medidas de higiene, prevención y distancia social.

¿En qué situaciones debo llevar mascarilla?

En espacios al aire libre o cerrados, cuando no se pueda mantener el distanciamiento social de dos metros. En el transporte público es obligatoria en todo caso. Y en el transporte privado es obligatoria si los que viajan no conviven en el mismo domicilio.

¿Puede abrir el comercio minorista?

Sí, independientemente de su superficie útil de exposición y venta, reduciendo el aforo al 40 por ciento. Si tienen varias plantas, en cada una de ellas debe respetarse esta misma proporción. Siempre se debe garantizar la distancia mínima interpersonal de dos metros entre los clientes. Y habrá un horario de atención prioritario para mayores de 65 años.

¿Y los centros comerciales?

Sí, con un límite del aforo total del 30 por ciento de sus zonas comunes y al 40 por ciento en los establecimientos que se encuentren en su interior. No se puede permanecer en las zonas comunes, solo utilizarlas para transitar de un local a otro, y se mantendrán cerradas las ludotecas, zonas infantiles o áreas de descanso. Los establecimientos de hostelería y restauración situados dentro de un centro comercial se rigen por las mismas normas que si estuvieran en el exterior.

¿Y los mercadillos?

Sí, como permitía la fase I y en las mismas condiciones. Tanto si hubieran reiniciado ya su actividad o lo hicieran a partir de la fase II, se garantizará la limitación a un tercio de los puestos habituales o autorizados, limitando la afluencia de clientes de manera que se asegure el mantenimiento de la distancia social de dos metros. Se dará prioridad a la comercialización de los productos alimentarios y de primera necesidad, asegurando que no se manipulen los productos comercializados por parte de los consumidores.

¿Podrá haber rebajas?

Sí, siempre que estén acompañadas de medidas para asegurar que no se generen aglomeraciones que impidan mantener la distancia de seguridad o cumplir los límites de aforo.

¿Cómo pueden abrir bares y restaurantes?

El servicio en terrazas puede realizarse con un aforo del 50 por ciento. Además, pueden abrir para consumo en el interior del local siempre que no se supere un 50 por ciento del aforo, el cliente realice el consumo sentado en la mesa o agrupaciones de mesas y preferentemente con reserva previa. Las mesas deben estar separadas entre sí por dos metros y cada una de ellas debe tener el tamaño necesario para mantener la distancia mínima de seguridad interpersonal entre sus ocupantes.

¿Pueden abrir las discotecas y locales nocturnos?

No, quedan excluidos por la orden.

¿Y los hoteles y alojamientos turísticos?

Pueden abrir ya al público sus zonas comunes con un tercio de su aforo. A los servicios de hostelería y restauración de hoteles y alojamientos se les aplicarán las mismas medidas que al resto de bares y restaurantes. Si hay actividades grupales o de animación, deben realizarse preferentemente al aire libre, con un aforo máximo de 20 personas y respetando la distancia mínima de seguridad entre los participantes y con el monitor.

¿Se pueden hacer obras de reforma, rehabilitación o reparación en viviendas y edificios habitados?

Sí, a partir del lunes 25 de mayo se permite la realización de trabajos de reforma, rehabilitación o reparación en viviendas habitadas, siempre que se garanticen las medidas de higiene y la distancia de seguridad de dos metros.

¿Se pueden abrir las piscinas recreativas?

Sí, siempre que se mantenga el aforo máximo de un 30 por ciento de la capacidad de la instalación y se pueda mantener la distancia de seguridad de dos metros entre usuarios. Para acceder es necesario concertar cita previa con la entidad gestora de la instalación. No se podrán usar las duchas de los vestuarios ni las fuentes y se debe establecer una distribución de usuarios para garantizar la distancia de seguridad, con señales en el suelo limitando los espacios. Es obligatoria una cartelería detallada con las normas para conocimiento de los usuarios.

¿Y las piscinas comunitarias?

Sí, en las mismas condiciones que las piscinas recreativas.

¿Cómo puedo practicar deporte?

Puedes practicar deporte manteniendo las medidas de seguridad e higiene. Deportistas pertenecientes a clubes no profesionales pueden realizar entrenamientos básicos dirigidos a su modalidad deportiva en los centros de entrenamiento de los clubes o en instalaciones abiertas al público. La federación deportiva emitirá la debida acreditación, considerándose la licencia deportiva suficiente acreditación.

La Dirección General de Deporte abrirá a partir del día 25 de mayo el frontón, la sala de armas (esgrima) y un espacio acondicionado de la sala de musculación del CTD Adarraga, con acceso para deportistas de alto rendimiento, alto nivel y profesionales. Por su parte, el CTD Prado Salobre abrirá la galería de aire comprimido.

¿Podré ir al gimnasio?

La fase 2 permite la apertura de las instalaciones deportivas cubiertas para la realización de actividades, aunque con limitaciones. La actividad deportiva deberá concertarse de forma previa con la entidad gestora de la instalación y se establecerán turnos horarios. El aforo estará limitado al 30 por ciento y la práctica deberá ser individual, o hasta dos personas en modalidades deportivas que lo requieran (y manteniendo la distancia de seguridad y medidas de higiene). Se permite la presencia de un entrenador cuando sea necesario y esté debidamente acreditado. Se podrán usar los vestuarios, siempre que estos cumplan las normativas de higiene y desinfección.

¿Puedo ir al monte?

Se puede ir al monte sin salir de la provincia, en grupos de máximo 15 personas y manteniendo las medidas de distanciamiento e higiene. La Delegación del Gobierno en La Rioja entiende que esta autorización no limita ninguna actividad en el medio natural, con lo que estaría permitido recoger setas.

Además, se pueden realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta veinte personas, por empresas registradas como empresas de turismo activo.

¿Puedo cazar y pescar?

Sí. Quedan permitidas ambas prácticas, siempre que se respete la distancia de seguridad y medidas de higiene. Cuando no sea posible mantener la distancia interpersonal de dos metros será obligatorio el uso de mascarilla, no se podrán compartir los utensilios, ni utillaje ni comida ni bebida; y se deberán desinfectar todos los utensilios tras su uso. Dentro de la caza, en aquellos casos donde haya implicado más de un cazador, se deberá disponer de un plan de actuación en el que se detallen medidas de prevención e higiene.

¿Se pueden celebrar congresos, conferencias o reuniones de negocios?

Sí, promovidos por cualquier entidad pública o privada, en pabellones de congresos, salas de conferencias, salas multiusos e instalaciones similares. Se debe cumplir en todo momento la distancia mínima interpersonal de 2 metros, el número máximo de participantes será de 50 y debe fomentarse la participación no presencial.

¿Puedo ir a la biblioteca o a museos?

La Fase 2 permite la apertura ampliada de estos espacios. En el caso de las bibliotecas públicas dependientes del Gobierno de La Rioja, se abre el acceso limitado de usuarios a determinados espacios, mediante cita previa. Los puestos de lectura se limitarán a un tercio del aforo máximo y no se tendrá acceso directo a la colección documental. Los Museos de La Rioja, Casa Encantada y El Torreón permanecen por ahora cerrados al público mientras continúa su adecuación.

¿Abren los cines y teatros? ¿Habrá espectáculos en vivo?

Se permite su apertura y la realización de determinados eventos, con limitaciones a un tercio del aforo, siempre sentados y con un máximo de 50 personas en espacios cerrados y 400 en espacios abiertos, siempre con normativa de seguridad.

En los casos de las instalaciones, espacios y eventos que organiza el Gobierno de La Rioja, por ahora no se van a reabrir ni reanudar espectáculos, hasta precisar con la mayor seguridad la organización de los mismos con las máximas garantías de higiene y normativas.

¿Se puede visitar a los usuarios de las viviendas tuteladas y residencias de personas mayores o con discapacidad?

No. El Ministerio de Sanidad establece que corresponde a las comunidades autónomas determinar los requisitos y condiciones para estas visitas. La Consejería de Servicios Sociales y a la Ciudadanía ha determinado que, por ahora, solo podrán realizarse las visitas en casos excepcionales para acompañar a los residentes en los últimos momentos de su vida y por determinación del personal técnico de la residencia para aliviar la descompensación neurocognitiva del mismo.

En ambos casos, las visitas deberán ser concertadas previamente y solo se permitirá a una persona por residente. Además, será obligatorio el uso de equipos de protección por usuarios y familiares y los centros deberán regular las entradas y salidas para evitar aglomeraciones.

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