Las gasolineras deben facilitar aseo y comida a los transportistas

Las gasolineras deben facilitar aseo y comida a los transportistas

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El Gobierno ha instado a gasolineras, centros de carga y descarga y estaciones de servicio a facilitar el trabajo de los transportistas de mercancías por carretera, dado que su labor es “esencial para garantizar el abastecimiento de las farmacias y los supermercados”.

El Ejecutivo hace este llamamiento tras haber detectado que los camioneros están teniendo dificultades para acceder a instalaciones como aseos o puntos de restauración y comida de dichos tipos de establecimientos, según indicó en rueda de prensa la secretaria general de Transportes, María José Rallo.

Las dificultades se registran a pesar de la orden aprobada este pasado domingo por el Ministerio de Transportes por la que precisamente se instaba a gasolineras, puntos de carga y descarga, y áreas de descanso de las carreteras a facilitar el acceso a los camioneros a determinados servicios.

Por todo ello, la 'alto cargo' de Transportes aseguró que el Ejecutivo trabaja con las comunidades autónomas, asociaciones de cargadores y patronales y asociaciones de gasolineras para “corregir” esta situación de dificultad de acceso a servicios básicos de los camioneros.

“Debemos ser conscientes de que el transporte de mercancías por carreteras es básico y fundamental para garantizar el abastecimiento de los supermercados y las farmacias”, remarcó Rallo. “Por ello es esencial que pueda realizar sus servicios y trabajo de forma adecuada”, añadió.

En virtud de la orden aprobada el domingo por el Ministerio que dirige José Luis Ábalos, los “establecimientos de suministro de combustible que dispongan servicios de aseo deberán facilitar su uso a los conductores profesionales” y también lo establece para los centros de carga y descarga que cuenten con este tipo de instalaciones.

El texto legal indica que “las medidas que se puedan exigir a los conductores para el acceso a este tipo de instalaciones seguirán los criterios e instrucciones de prevención que con carácter general establezca el Ministerio de Sanidad”.

Además, “con el fin de posibilitar los descansos adecuados en cumplimiento de la normativa de tiempos de conducción y descanso de los camioneros, imprescindibles para poder llevar a cabo las operaciones de transporte”, la orden indica que “aquellos establecimientos que dispongan de cocina, servicios de restauración, o expendedores de comida preparada, deberán facilitar al transportista profesional un servicio de catering”.

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