La justicia obliga a la banca a devolver 32.000 euros a un riojano por la compra de una vivienda no entregada

La justicia obliga a la banca a devolver 32.000 euros a un riojano por la compra de una vivienda no entregada

Rioja2

0

El Juzgado Nº 4 de Alicante ha dictado una sentencia dando la razón a un riojano afectado por la compra de una vivienda sobre plano no entregada. La sentencia condena a la entidad financiera Banco Sabadell a devolver no sólo las cantidades entregadas al promotor, sino también todos los intereses legales devengados desde cada pago realizado. La indemnización a la que debe hacer frente el banco asciende a un total de 32.018 euros, 22.470 euros de aportaciones realizadas, más 9.548 euros de intereses legales.

Según ha explicado la firma de abogados El Defensor de tu Vivienda en un comunicado, un comprador que adquirió una casa a Promociones Galami S.L. ha conseguido recuperar su dinero invertido en una vivienda que nunca se le ha entregado. La promotora, según ha relatado el despacho de abogados, proyectó la construcción de 47 viviendas en Logroño.

“Estas casas deberían haberse entregado en el año 2008; llegada esa fecha las viviendas no estaban en disposición de ser entregadas, no siendo hasta marzo de 2009 cuando se obtuvo la cédula de habitabilidad de las viviendas. Pero tampoco en marzo de 2009 se entregó a todos los compradores la vivienda, ni se puso a su disposición para poder escriturar”, detalla el despacho.

Esta sentencia condena a Banco Sabadell “por haber incumplido el deber de vigilancia que le imponía la Ley 57/68. Esta normativa exigía a las cooperativas y promotoras de vivienda contratar un seguro o aval bancario que garantizara la devolución de las aportaciones de los compradores en caso de que las viviendas no se entregasen en el plazo pactado con estos. Y, si la entidad bancaria en la que se ingresaban las cantidades no vigilaba que la cooperativa o la promotora contrataban dichas garantías, entonces la ley les declara responsables como ha ocurrido en este caso”.

El despacho de abogados ha aludido a otros casos similares ocurridos en La Rioja, “como es el de la promotora Mugabe Siglo XXI, quien proyectó la construcción de la Urbanización Mirador de Najerilla en el municipio de Hormilleja”. “Sin embargo, la promoción nunca terminó las viviendas y, por tanto, los compradores no han recibido sus casas ni tampoco han podido recuperar las cantidades aportadas, una media de 30.000 euros”, relatan desde El Defensor de tu Vivienda.

Plazo para reclamar el dinero aportado por una vivienda no entregada

Cabe señalar que el próximo 7 de octubre finaliza el plazo para reclamar el dinero aportado por una vivienda no entregada en aquellos contratos que se firmaron antes del 1 de enero de 2016, que se regían por el plazo general de prescripción de 15 años establecido en el artículo 1.964 del Código Civil.

Dicho plazo de prescripción ha sido reducido de 15 a 5 años por la Ley 42/2015 que entró en vigor el pasado 7 de octubre de 2015. “Esto quiere decir que, en el caso de las personas que hayan firmado un contrato de compra de vivienda sobre plano con anterioridad al 7 de octubre de 2015, su plazo de prescripción de 5 años comienza el mismo día que entró en vigor la Ley 42/2015. Por consiguiente, a todos ellos el plazo de prescripción les termina el próximo 7 de octubre del 2020”, alerta el despacho.

Por otro lado, a las personas que firmaron el contrato con posterioridad al 7 de octubre del 2015 y, a las que se rigen por la Ley 20/2015, también les afecta el plazo de prescripción de 5 años, pero no el día de comienzo de ese plazo. Es por ello que habrá que analizar cada caso concreto para determinar el comienzo de dicho plazo.

Etiquetas
stats