¿Cuánto se puede beber antes de dar positivo en alcohol?

¿Cuánto se puede beber antes de dar positivo en alcohol?

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Aunque se aconseja no beber bebidas alcohólicas antes de conducir, en España el límite está en 0,5 gramos por litro de sangre (o 0,25 mg/l de aire espirado), excepto en los conductores noveles o profesionales donde la tasa está en 0,3 (0,15).

La DGT ha elaborado una tabla, compartida por la Guardia Civil en Twitter, en la que podemos ver algunas equivalencias. Aunque debemos tener en cuenta que esta tabla es orientativa puesto que depende del peso y de la constitución de la persona.

El periódico ABC recuerda que también hay que tener en cuenta la curva de la alcoholemia, que se basa en que el alcohol puede empezar a detectarse en la sangre a los 5 minutos de haberlo ingerido y alcanza su máximo nivel entre los 30 y 90 minutos siguientes.

Límites e importe de las multas por alcoholemia

  • •Para conductores de vehículos y bicicletas: El máximo permitido por ley en sangre es 0,5 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado nunca superior a 0,25 miligramos por litro.
  • •Conductores noveles: La tasa máxima de alcohol permitida es en sangre de 0,3 gramos por litro y de alcohol en aire espirado de 0,15 miligramos por litro durante los dos años siguientes a la obtención del permiso o licencia.
  • •Conductores profesionales con vehículos cuya masa máxima autorizada es superior a 3.500 kilogramos, vehículos destinados al transporte de viajeros de más de nueve plazas, o de servicio público, al transporte escolar y de menores, al de mercancías peligrosas o de servicio de urgencia o transportes especiales: Serán sancionados si conducen con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,3 gramos por litro, o de alcohol en aire espirado superior a 0,15 miligramos por litro.

La cuantía de la multa por superar las tasas de alcohol permitida es de 500 euros y hasta 6 puntos que pasaría a ser de 1.000 euros en el caso de que el conductor ya hubiera sido multado por alcoholemia en el año anterior por exceder la tasa permitida, así como al que circule con una tasa que supere el doble de la permitida.

Se consideraría un ilícito penal cuando la tasa de alcohol en aire espirado sea superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro o bien condujera bajo la influencia del mismo.

La sanción en este caso sería de pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de seis a doce meses. Además, la sanción también podría suponer trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días, y, en cualquier caso, se privaría el derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

En este ámbito, ponemos especial atención en la conducción “bajo la influencia” que ''será la determinante de la comisión del ilícito penal y, en todo caso, aquél que condujere con una tasa superior a 0.60 miligramos por litro''.

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