La Rioja es una de las comunidades que no cuenta con una Ley de Muerte de Digna

La Rioja es una de las comunidades que no cuenta con una Ley de Muerte de Digna

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El caso de Ángel Hernández, el hombre que ha ayudado a morir a su esposa tras 30 años sufriendo esclerosis múltiple ha puesto de nuevo sobre la mesa el debate sobre la eutanasia y la muerte digna. En España la eutanasia no está regulada, sólo existe una ley que establece las condiciones a las que puede acogerse una persona en situación terminal. Sí que hay varias comunidades que cuentan con leyes propias de muerte digna, pero La Rioja no es una de ellas.

El debate está en la calle

Aquí esta cuestión se articula a través del documento de últimas voluntades o testamento vital, que entró en vigor en 2006. Desde entonces, se han inscrito un total de 2.961 personas, 1.028 (34,71%) hombres y 1.933 (65,29%) mujeres. Además, 6 de cada 10 han mostrado su deseo de donar sus órganos.

Este documento contiene los cuidados o tratamientos a los que quiere o no someterse el paciente para garantizar una muerte digna. En concreto, gracias al testamento vital el paciente puede determinar: la negativa a recibir tratamiento de soporte vital cuando éste sea inefectivo para la satisfacción de determinados valores o para mantener una adecuada calidad de vida; la negativa a que se prolongue temporal y artificialmente la vida si no se acompaña de ningún resultado aceptable para los objetivos del otorgante; y que se utilicen los procedimientos de sedación y analgesia necesarios para evitar el dolor y el sufrimiento.

Eso sí, estas peticiones nunca pueden ir en contra del ordenamiento jurídico ni de la buena práctica sanitaria. Así se establece en la Ley de Instrucciones Previas.

El documento también contempla la posibilidad de nombrar uno o varios representantes para que actúen como interlocutores con el médico y procuren el cumplimiento de las Instrucciones Previas.

Registro Autonómico de Instrucciones Previas

El Registro Autonómico de Instrucciones Previas depende de la Dirección General de Prestaciones y Farmacia de la Consejería de Salud, ubicado en el edificio del Centro de Alta Resolución de Procesos Asistenciales (CARPA).

La persona que esté interesada puede solicitar información telefónicamente (900 700 333), vía correo electrónico (instrucciones.previas@larioja.org) o de forma presencial en el CARPA. La inscripción del documento en el Registro supone una herramienta de gran utilidad en la toma de decisiones clínicas para los profesionales sanitarios, sobre todo en aquellas situaciones críticas en las que desconocen cuál sería el deseo del paciente.

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