Se podrán llevar bicis plegadas en el autobús urbano de Logroño

Se podrán llevar bicis plegadas en el autobús urbano de Logroño

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La Junta de Gobierno ha aprobado esta mañana el Reglamento de Transporte Urbano de Logroño, un documento consensuado que dota a la ciudad del primer reglamento específico en este campo, que se adapta a la realidad actual y a las nuevas demandas de los usuarios.

El concejal de Transporte Urbano, Tráfico y Vías Urbanas, Francisco Iglesias, ha señalado que, “pese a que el sistema de transporte urbano de Logroño es muy eficaz, y de hecho es el segundo mejor valorado de España según la OCU, hemos trabajado con la sociedad riojana para hacer este Reglamento para dotar al sistema de la máxima calidad para que su uso sea atractivo y competitivo”.

Tras un amplio proceso de participación, se ha elaborado este Reglamento. Los siguientes pasos administrativos son: este jueves se presenta a los grupos municipales en la Comisión de Pleno y se abre el trámite de alegaciones; a continuación, se somete a Pleno. Una vez publicado en el BOR se abre un periodo de 30 días de exposición pública: si no se admiten alegaciones es aprobado directamente el Reglamento; si se incorporan alegaciones, vuelve al Pleno para su aprobación definitiva.

Respecto al borrador del reglamento, tan sólo se han incorporado matizaciones de redacción y alguna sugerencia, sin modificaciones de calado. Quizás la principal incorporación sea la posibilidad de transportar bicicletas si están debidamente plegadas. También se ha añadido un anexo en el que figuran todos los títulos de viaje que ofrece el transporte urbano de Logroño.

El Reglamento se adapta a las nuevas necesidades que ha ido surgiendo en muy diferentes aspectos, como la posibilidad de autorizar el acceso de coches y sillas de niños, los problemas de accesibilidad al transporte público de personas con movilidad reducida, dificultades de comunicación o cualquier otra discapacidad.

De hecho, se ha dedicado un capítulo específico a la accesibilidad del transporte público urbano para personas con movilidad reducida, de forma que se garantiza la supresión de barreras físicas y el acceso de personas con discapacidad auditiva o visual. “Hacemos realidad la utilización inclusiva, independiente y segura del transporte público municipal”, ha explicado.

Un apartado muy importante está relacionado con los derechos de los usuarios, establece las condiciones de utilización del transporte urbano y la información que deberá estar a disposición de los usuarios.

Igualmente, se relacionan las obligaciones de la empresa prestadora del servicio en lo relativo a la seguridad, estado de los vehículos, reclamaciones de los viajeros, etc.

Entre las soluciones a situaciones cotidianas figuran:

Flexibilidad en las paradas en los autobuses de servicio nocturno

Entre la nueva reglamentación destaca la relativa a la espera, acceso y descenso de los viajeros. Por ejemplo, se especifica que en los autobuses nocturnos o 'búhos', que tienen menos viajeros y atraviesan zonas en ocasiones poco frecuentadas, el Ayuntamiento podrá autorizar paradas intermedias para el desembarque, fuera de las prefijadas, atendiendo a razones de seguridad y siempre desde una perspectiva de género.

Presencia de animales en los autobuses

Las personas con discapacidad visual pueden viajar acompañadas de su perro guía, y las que tengan otras discapacidades, con su perro de asistencia. En todos los vehículos se hará referencia mediante pictograma, en lugar visible para todos los viajeros.

Entre los derechos de los usuarios figura también el de transportar pequeños animales domésticos, siempre que se encuentren en receptáculos adecuados y homologados (transportín).

Garantizar la seguridad y el acceso a los usuarios con movilidad reducida

Uno de los objetivos de este Reglamento es garantizar el acceso a los usuarios con movilidad reducida, así como su seguridad dentro del vehículo.

Por este motivo, se dedica un capítulo específico a la accesibilidad para que tanto la presencia de barreras físicas como el acceso de personas con discapacidad auditiva o visual quede adecuadamente garantizada, así como la utilización inclusiva, independiente y segura del transporte público municipal.

Los monopatines y similares podrán ser transportados en fundas adecuadas

Transportar monopatines o patinetes, siempre que estén protegidos y se transporten en fundas adecuadas, en posición vertical, o sujetos por su portador al cuerpo mediante correas o cintas.

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