Perros sueltos en los parques de Logroño, ¿sí o no?

Perros sueltos en los parques de Logroño, ¿sí o no?

Rioja2

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¿Pueden correr sueltos los perros por los parques de Logroño? Seguro que todos hemos sido testigos de más de un conflicto entre los dueños de las mascotas y los padres de los niños que se encuentran jugando en el parque. La respuesta, en la normativa del Ayuntamiento de Logroño. Una normativa tajante porque prohibe la entrada de animales en zonas destinadas a juegos infantiles. En Logroño, según las cifras facilitadas por el Ayuntamiento de Logroño hay unos 18.000 perros. Una cifra “ha aumentado considerablemente en los últimos años”, tal y como asegura el concejal de Medio Ambiente, Jeús Ruiz Tutor a Rioja2.

Y ahí están las cifras y los expedientes tramitados por la Policía Local. A lo largo de 2017, se tramitaron 14 expedientes por la presencia de perros sueltos potencialmente peligrosos; 19 por la presencia de perros potenciamente peligrosos sin bozal y 42 por la presencia de perros suelos. Durante el primer trimestre de 2018, completa Ruiz Tutor, “se tramitaron 6 expedientes por la presencia de perros potencialmente peligrosos sueltos, 4 por no recoger las heces y 15 por la presencia de perros sueltos sin correa”.

De hecho, la normativa también considera una infracción muy grave la tenencia de un perro potencialmente peligroso suelto en lugares públicos o sin bozal, una infracción muy grave que puede acarrear sanciones de entre 450 y 900 euros. La circulación de animales no calificados como potencialmente peligrosos, sin cadena o cordón resistente que permita su control, y bozal en los casos recogidos en la ordenanza se tipifca como una infracción leve con una sanción de hasta 150 euros.

En otoño-invierno de 20:00 horas a 7:30 del día siguiente

Y, ¿cuándo y por dónde pueden andar sueltos los perros? La normativa del Ayuntamiento de Logroño también lo refleja. Así, según este texto, “los perros solamente podrán estar sueltos en las zonas acotadas por el Ayuntamiento, debidamente señalizadas, y en unos horarios también determinados”. Así durante la primavera y el verano podrán hacerlo desde las 22:00 horas hasta las 7:30 horas del día siguiente. En otoño y en invierno el horario se adelanta de las 20:00 horas a las 7:30 horas del día siguiente.

¿Dónde están estas zonas?

En la actualidad esas zonas son las siguientes:

− Parque del Ebro (Espacio de la margen izquierda del río Ebro, comprendido entre la pasarela peatonal y el camping), aparcamiento del nuevo campo de fútbol; Parque de las Chiribitas; Explanada del Ferial; Parque de las Fontanillas; Parque del Horcajo (Yagüe); Parque de la calle Artesanos (Varea); Plaza de Libourne; Plaza de los Tilos; Parque de San Miguel; Zonas libres de las calles Juan Boscán y Estambrera (colindantes con las antiguas instalaciones de SAVIN); Parque de la Ribera; Plaza de la Paz; Aquellas zonas que estén sin urbanizar; Zona verde al norte de la calle Avda. de la Sonsierra (El Campillo); Parque de la Isla − Parque de la Concordia; Parque de El Cubo − Zona verde al norte de la calle Alemania; Parque La Solana; Zona verde de El Arco junto a la Circunvalación; Zona verde del perímetro de la urbanización La Cava; Zona verde del perímetro de la urbanización Fardachón junto al acceso a la autopista; Zona verde al oeste de las calles Nestares y Panzares; Parque de San Adrián − Plaza Juan Miró − Plaza de la Vendimia − Zona verde interior de la urbanización Montesoria − Parque Guindalera − Parque Luis Díez del Corral; Parque de Los Cedros; Parque del Iregua; Zona verde de conexión entre los parques de La Ribera y el Iregua; Zona verde comprendida entre la vía férrea y la calle Tirso de Molina; Zona verde en la intersección de las calles Río Lomo y Tudela; Zona verde comprendida entre Avda. de Zaragoza, vía férrea y puente sobre el Iregua.

En el soto inundable del Parque del Ebro y en el Pozo Cubillas podrán estar sueltos sin limitación horaria. De igual forma, los perros podrán estar sueltos sin limitación horaria en la nueva “Area Canina” del Parque de los Enamorados, así como en futuras áreas que se desarrollen con idéntica finalidad.

Aún así, y en cualquier caso, “los propietarios o tenedores de los perros deberán mantener control sobre ellos a fin de evitar tanto las molestias o daños a las personas y a los demás animales, como el deterioro de bienes o instalaciones públicas. Para ello, deberán mantener el perro a la vista a una distancia que permita la intervención en caso necesario”.

Un texto que deja bien claro que “queda prohibida la circulación por las calles, plazas y parques públicos de aquellos animales que no vengan acompañados y conducidos, provistos de collar, y sujetos mediante cadena, correa o cordón resistente”. Además, será el propietario el “responsable y con capacidad suficiente para mantener el control del animal en todo momento”. Y además, los perros de más de 35 kilos, y los de menor peso cuando el temperamento del animal así lo aconseje, deberán ir provistos de bozal. También está permitido que los animales beban directamente de los grifos o caños de agua de uso público.

Responsabilidad de los propietarios de los perros

Por último, la normativa del Ayuntamiento de Logroño, establece que los propietarios de los perros serán responsables de los daños o afecciones a personas y cosas además de ser responsables de ensuciar la vía pública. En cualquier caso, los propietarios o tenedores de los perros deberán mantener control sobre ellos a fin de evitar tanto las molestias o daños a las personas y a los demás animales, como el deterioro de bienes o instalaciones públicas. Para ello, deberán mantener el perro a la vista a una distancia que permita la intervención en caso necesario.

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