Prohibida la captura de aves cantoras en La Rioja

Prohibida la captura de aves cantoras en La Rioja

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El Boletín Oficial de La Rioja publica este viernes la Orden 4/2008 de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente por la que se suspende la concesión de autorizaciones para la captura de fringílidos en la comunidad autónoma, a partir de la presente campaña de 2018. Ésta es una práctica tradicional empleada para obtener ejemplares que posteriormente son adiestrados para canto.

La orden deroga una norma del año 2008 que regulaba las condiciones necesarias para la captura y/o tenencia de aves fringílidas en La Rioja, una derogación que se produce antes de que finalice la validez del periodo transitorio fijado por las Comunidades Autónomas y el Ministerio con competencias en materia de medio ambiente para acabar con este tipo de capturas.

La Comisión Europea inició en verano de 2011 unas investigaciones (EU Pilot) para esclarecer en España la situación de la captura irregular de fringílidos, pájaros parseriformes conocidos por su canto, por entender que no se ajustan a la Directiva de Aves.

En consecuencia, el Gobierno español solicitó una prórroga para el cumplimiento de las obligaciones de normativa europea y propuso unas directrices técnicas para garantizar la cría en cautividad de aves cantoras, que incluían la reducción paulatina del número de capturas y unas condiciones mínimas sobre el destino y uso de las mismas, estableciendo una hoja de ruta hasta 2018.

La Comisión aceptó este acuerdo, si bien consideró que estaban existiendo irregularidades en la aplicación de las citadas directrices, lo que supuso el inicio de un procedimiento de infracción contra España, que lleva abierto cerca de dos años y que la pasada primavera de 2018 concluyó con un dictamen motivado que daba un ultimátum a España para finalizar definitivamente la autorización de captura de aves cantoras.

El incumplimiento de este dictamen podría situar a España a las puertas del Tribunal de Justicia de la UE, como ha ocurrido este verano con Malta, que acabó ante este Tribunal por un asunto de similares características al del procedimiento de infracción abierto contra España, al haber adoptado este país un régimen de excepciones que permite la captura de ejemplares vivos de siete especies de fringílidos silvestres y contra la que ha recaído una sentencia que declara que Malta ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la Directiva de Aves.

Por este motivo, el Gobierno de La Rioja ha decido prohibir de manera indefinida la captura de estas aves. En cuanto a la tenencia, mientras no se regule el régimen de tenencia y cría en cautividad de aves fringílidas en La Rioja, se admitirá, de forma transitoria, para aquellas aves que hayan sido capturadas gracias a las autorizaciones expedidas en campañas anteriores, y siempre que estos ejemplares estén debidamente identificados mediante las correspondientes anillas oficiales.

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