Hasta los 65, en los centros para personas con discapacidad

Hasta los 65, en los centros para personas con discapacidad

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Se amplía hasta los 65 años la edad de estancia en los centros especializados para las personas con discapacidad. Actualmente, la edad límite está establecida en los 60 años, con posibilidad de alargar hasta los 65, y con estas modificaciones, el límite se establece en los 65 años con posibilidad de que se pueda prorrogar hasta los 70 años.

A partir de esta edad las personas con discapacidad podrán acceder a la red de plazas públicas en residencias para personas mayores de nuestra comunidad. Esta medida está incluida dentro del acuerdo para aprobar los Presupuestos del 2018, firmado entre el Gobierno de La Rioja y el grupo parlamentario Ciudadanos.

El consejero de Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Justicia, Conrado Escobar, acompañado por la directora general de Servicios Sociales, Celia Sanz, ha presidido esta mañana la reunión del Consejo Sectorial de Discapacidad que se ha celebrado en las dependencias de la consejería.

En este consejo se ha informado, entre otras cuestiones, de las modificaciones de dos Decretos: el que regula el acceso a las plazas públicas del servicio de atención residencial y servicio de estancias temporales residenciales para personas con discapacidad, con gran dependencia o dependencia severa; y el Decreto que regula los requisitos y el procedimiento de acceso al servicio de centros de día y centro ocupacional para personas con discapacidad.

Novedades

Además, la modificación del Decreto que regula el acceso a las plazas públicas del servicio de atención residencial y servicio de estancias temporales residenciales para personas con discapacidad, con gran dependencia o dependencia severa, introduce otros asuntos como:

-Los usuarios podrán elegir la zona y el centro residencial que más se adapte a sus circunstancias personales y a sus necesidades.

-Los usuarios podrán elegir la tipología de plaza cuando su diagnóstico determine que pueden ser atendidos en más de una tipología de plaza. En este asunto se ha ampliado la definición del diagnóstico de esclerosis múltiple para personas con enfermedades afines.

-Se elimina el requisito de estar empadronado en La Rioja para las personas riojanas o que con anterioridad hayan residido en La Rioja y que por motivos de su discapacidad residan fuera de la Comunidad Autónoma o para aquellos que sean beneficiarios de una ayuda económica del Gobierno de La Rioja para alojamientos de personas de discapacidad y quieran solicitar una plaza del servicio de atención residencial.

-Los usuarios podrán prorrogar las estancias temporales más allá de los tres meses en casos excepcionales de urgencia en los que se pueden encontrar tanto los cuidadores principales como sus familiares.

-Los menores de 18 años con discapacidad podrán optar a las estancias temporales en casos en los que se acredite una situación de riesgo social o la extrema necesidad y urgencia del ingreso.

-En casos de solicitudes de traslado y para no generar situaciones de desigualdad, con respecto a las personas que se encontraban en lista de espera, se elimina la prioridad automática de los traslados. Ahora se incorporarán a la lista de espera según la fecha en la que se había realizado la solicitud, evitando con ello además que tengan que renovar la solicitud cada seis meses, dado que se ha eliminado el plazo de vigencia de seis meses.

-Se cambia el número de días permitidos de ausencia a 30 días al año excluidos los fines de semana.

Centros de día

Por otro lado, en esta reunión también se han analizado las variaciones introducidas en el Decreto por el que se regulan los requisitos y el procedimiento de acceso al servicio de centros de día y centro ocupacional para personas con discapacidad y entre los aspectos fundamentales que han variado destacan:

-Se podrá elegir plaza de otra tipología de las que le han sido reconocidas en el dictamen técnico de valoración y también se podrá elegir la tipología de plaza en los traslados.

-En el apartado de conversión de plaza, se incluyen modificaciones para facilitar los trámites. Así se trata de garantizar una atención adecuada en todo momento a las circunstancias personales y sociales de las personas con discapacidad.

-Se incluyen medidas para simplificar diversos documentos y favorecer la eficiencia administrativa.

-Se reduce a un máximo de 30 días al año, igual que en la atención residencial, los días permitidos para ausencias de forma voluntaria.

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