Bodegas Familiares presenta las nuevas categorías de vinos de Rioja

Bodegas Familiares presenta las nuevas categorías de vinos de Rioja

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La última novedad de la Denominación de Origen se ha presentado este martes en el Centro Cultural Ibercaja. Se trata de los vinos de viñedo singular, vinos de zona y de municipio, que abren “muchas posibilidades para todos pero en especial para las bodegas pequeñas”, ha explicado el el vicepresidente del Consejo Regulador de Bodegas Familiares de Rioja, Juan Carlos Sancha.

Este ha comparado la elaboración del vino con una película, en la que la que “no muy afortunadamente hemos hecho que el actor secundario del vino, que es la madera, se convierta en principal, ya que el vino tiene más o menos calidad en función del tiempo de permanencia en barrica”. Así, ha explicado Sancha satisfecho: “este modelo nuevo de viñedo singular devuelve el protagonismo de la calidad al viñedo”. De esta manera, se va a garantizar por primera vez que “la uva sea de auténtica calidad”.

Ha declarado también que el modelo sera compatible con el modelo de crianzas, reservas, grandes reservas y vinos sin crianza, duplicando las posibilidades. Sancha ha aprovechado para solicitar al Consejo Regulador que ponga los medios para dar a conocer estas novedades en el mercado.

Este modelo basado en el terroir, ha dicho Sancha, “es un buen ejemplo de como el Rioja ha sabido reinventarse”. Se convierte en el tercer gran cambio de los 92 años de historia de la Denominación de Origen del Rioja, junto con la concesión de la calificada en 1991 que aseguró la imposibilidad de embotellar los vinos fuera de nuestras fronteras y la aceptación de las variedades autóctonas entre 2007 y 2009.

LAS NUEVAS CATEGORÍAS

1. Vinos de Viñedos Singulares: el viñedo deberá tener al menos 35 años de edad y el rendimiento máximo admitido será de 5.000 kilos por hectárea para uvas tintas y de 6.922 para blancas (77% sobre el rendimiento normal del 100%) y del 65% en transformación en bodega (70% habitual). Se exige propiedad de los viñedos o contratos de arrendamiento estable durante al menos diez años.

2. Vinos municipales: Al menos el 85% de las uvas deberán proceder de la localidad a que se haga referencia o de municipios limítrofes. No se establece limitación alguna de rendimientos (las mismas que el conjunto de la DOCa), como proponía Bodegas Familiares de Rioja (BFR) a un máximo del 100% en campo y del 70% en bodega. Se exige que la bodega esté ubicada en el municipio, en contra de lo que sucede con el vino de Viñedo Singular y que defendía BFR también para esta categoría.

3. Vinos de zona: Al menos el 85% de las uvas deberán proceder de la comarca a que se haga referencia (Rioja Alta, Rioja Oriental -antes Baja- y Rioja Alavesa) y el resto de municipios limítrofes. Tampoco se establecen limitaciones de rendimientos y se exige que la bodega esté ubicada en la zona.

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