Aprobado el decreto para regular las plantaciones de viñedo

Aprobado el decreto para regular las plantaciones de viñedo

Rioja2

0

El Boletín Oficial de La Rioja publica hoy el Decreto por el que se regula el control del potencial vitícola en la Comunidad Autónoma, y que complementa la Ley que aprobó por unanimidad el Parlamento de La Rioja el pasado mes de diciembre.

El consejero de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, Íñigo Nagore, y el director de Desarrollo Rural, Daniel del Río, han explicado hoy el contenido del Decreto que se estructura en cinco capítulos, a través de los cuales se establece el procedimiento a seguir para arrancar, plantar o replantar viñedo; y para la reconversión de los antiguos derechos en autorizaciones administrativas, sobre las que se sostiene el nuevo régimen jurídico de plantación de viñedo que marca la normativa comunitaria.

Además, delimita las funciones del Registro de Viñedo, contempla planes de control sobre plantaciones exentas de autorización administrativa (autoconsumo, experimentales o viñas madres de injertos); y sobre aquellos viñedos con compromiso de no comercialización para vino con DOP e IGP. También regula unas condiciones específicas para las superficies de viñedo cuando se aborden procesos de concentración parcelaria.

La plantación de viñedo podrá producirse como consecuencia de una autorización administrativa derivada de un proceso de nuevas plantaciones, de una replantación tras el arranque previo de una superficie equivalente, una replantación anticipada, o de un proceso de conversión de derechos. Para la concesión de una autorización administrativa de plantación, los interesados tendrán que demostrar desde el momento en que presenten la solicitud que el recinto es apto, desde el punto de vista físico y jurídico, para llevar a cabo esa plantación de viñedo.

ARRANQUE Y REPLANTACIÓN

Los viticultores que quieran arrancar una superficie de viñedo deben solicitar de forma previa un permiso en el Registro de Viñedo de La Rioja antes del 15 de marzo de la campaña vitícola en la que se vaya a ejecutar. Una vez disponga de la autorización para el arranque del viñedo, deberá realizarse y comunicarlo, para su comprobación en campo, antes del 30 de abril de la campaña en la que lo pidió. Entonces se emitirá la resolución de arranque.

El titular del arranque que vaya a ejecutar la replantación debe presentar la solicitud de autorización antes del final de la segunda campaña siguiente a la campaña en la que se notificó la resolución del arranque. Si transcurrido este plazo no se solicita, pierde el derecho a hacerlo. Las autorizaciones de replantación concedidas tendrán un periodo de validez de tres años contando desde la fecha en que fue notificada la resolución.

El Decreto mantiene la posibilidad de las replantaciones anticipadas (arranques diferidos), que se podrán solicitar durante todo el año, aunque únicamente las que se presenten antes del 31 de enero de cada campaña vitícola se resolverán en esa misma campaña. El arranque deberá ejecutarse antes de que entre en producción el viñedo plantado. En este sentido, se establece un aval para garantizar la replantación de 45.000 euros por hectárea como valor del viñedo y 1.800 euros por hectárea para cubrir los gastos del arranque, que deberá realizarse antes de que entre en producción el viñedo plantado.

NUEVAS AUTORIZACIONES

Por otro lado, el pasado viernes día 3 el Ministerio de Agricultura publicó las directrices para la aplicación del nuevo régimen de autorizaciones del viñedo correspondientes a este año 2017, que serán las que utilice el Gobierno de La Rioja en el momento de realizar el reparto de las nuevas autorizaciones.

Estas directrices introducen algunas modificaciones respecto a la campaña anterior para evitar la creación de condiciones artificiales en cuanto a la disposición de superficie agraria para la nueva plantación, y en las exigencias sobre la condición del solicitante como jefe de explotación en los criterios de admisibilidad y de prioridad.

Asimismo, ha precisado Nagore, insta a las Comunidades Autónomas a que, de acuerdo con la normativa existente, “apliquen criterios más exigentes en las comprobaciones a realizar para evitar que los solicitantes de nuevas plantaciones creen esas condiciones artificiales para obtener ventajas en su concesión”.

El consejero de Agricultura, Iñigo Nagore, ha asegurado que no se va a cursar ninguna tramitación para el cambio de uso de terrenos dedicados al pasto mientras esté abierto el plazo para solicitar viñedo, acotando al 23 de enero la fecha en la que éstos deben tener autorizado el cambio en el SIGPAC.

“En los últimos años se han cometido algunas barbaridades”, ha considerado, “y se ha plantado viñedo en terreno no apto”; algo que, ha afirmado: “Me preocupa muchísimo”.

Etiquetas
stats