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Las bajas de embarazo o maternidad no podrán ser tratadas como las demás

Las bajas de embarazo o maternidad no podrán ser tratadas como las demás

Rioja2

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La cuestión se planteó cuando una magistrada presentó un recurso de amparo al Tribunal Constitucional cuando le fue retirado de su salario el complemento de destino por no tomar posesión de un nuevo puesto mientras estaba de baja por maternidad. Ahora, el Consititucional le da la razón, considera que tratar estas bajas como el resto de licencias o permisos, supone una discriminación por razón de sexo. Y así se recoge en el BOE.

Según el Reglamento de la Carrera Judicial, el desempeño del nuevo destino no empieza a contar hasta que finalizan las licencias, permisos o vacaciones. Es el motivo que alegaban para que la magistrada no cobrase el complemento hasta que tomara posesión de su nuevo puesto.

Sin embargo, mientras que cualquier persona puede solicitar un permiso o necesitar una baja por enfermedad, en el caso del embarazo y la maternidad, es sólo cosa de mujeres. Por tanto, el TC entiende que esta decisión supone una discriminación ya que este tipo de bajas sólo afectan a las mujeres.

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