La Justicia da la razón a un médico y le permite estar en activo hasta los 70 años

La Justicia da la razón a un médico y le permite estar en activo hasta los 70 años

Rioja2

0

El Tribunal Superior de Justicia da la razón a un médico y le permite permanecer en el servicio activo hasta cumplir los 70 años. Además se condena a costas a la Administración en una sentencia que es firme.

Ha sido el sindicato CSIF quien interpuso el recurso contecioso-administrativo. Los servicios jurídicos del sindicato, explican a través de un comunicado, argumentaron la condición de carrera de este médico por lo que no se le podía aplicar el “III Plan de Ordenación de Recursos Humanos del SERIS en materia de jubilación” como pretendía la Administración, con la única opción de una prórroga de tan sólo dos meses.

La Consejería de Salud desestimó la solicitud de prolongación de la permanencia en el servicio activo de este afiliado a CSIF que cumplió la edad de 65 años el pasado 20 de octubre de 2014. Por esta razón, prosiguen, la Central Sindical impugnó dicha resolución administrativa, “considerando que infringe la legalidad vigente, puesto que el recurrente es funcionario de carrera de la Comunidad Autónoma de La Rioja, perteneciente a la escala sanitaria del cuerpo facultativo superior de la administración especial (médico), por lo que tiene derecho a prorrogar su situación en el servicio activo hasta como máximo los 70 años de edad”.

El mencionado III Plan de Ordenación de RRHH del Seris, en materia de jubilación y prórroga en el servicio activo para el periodo 2013-2015, determina que la jubilación forzosa del personal estatutario fijo de los centros, servicios y establecimientos sanitarios del Servicio Riojano de Salud para el año 2014 es de 65 años y 2meses.

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de La Rioja considera que “no está acreditado que la denegación de la prórroga en la permanencia en el servicio activo del recurrente, personal funcionario, encuentre su motivo en la existencia de razones organizativas, funcionales o económicas que le sean aplicables, por lo que ha de concluirse que la motivación no es suficiente, por lo que el actoadministrativo impugnado es contrario a derecho”.

El sindicato CSIF tilda esta sentencia de “ejemplar” aunque recuerdan que no es la única ya que existen tres antecedentes en Alicante, Murcia y la de un funcionario de la Universidad de A Coruña. Sin embargo, apuntan, “sí es una novedad en La Rioja y abre la posibilidad de otras reclamaciones análogas que se puedan producir en nuestra Comunidad Autónoma”.

Etiquetas
stats