Cerrada la investigación del chalé de Pedro Sanz

Cerrada la investigación del chalé de Pedro Sanz

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El magistrado titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Logroño, José Carlos Orga, ha revocado el auto firmado por la juez Rosa Esperanza Sánchez que ordenaba investigar 69 parcelas en Villamediana por presunto delito urbanístico, entre ellas, la del expresidente riojano y actual vicepresidente del Senado, Pedro Sanz, según el auto al que ha tenido acceso Europa Press.

Tres meses después del auto que ordenaba esa investigación, el juez ha decidido cerrarla. Ha estimado el recurso de reforma presentado por el exalcalde de Villamediana, Tomás Santolaya, y revoca, en todos sus extremos, el auto firmado por la citada juez el 20 de octubre de 2016.

El origen del asunto es la investigación sobre 401 parcelas de Villamediana de Iregua en las que se construyeron 278 casas: 69 en los denominados 'sectores diseminados' (aquí se encuentra la casa de Pedro Sanz) y 209, en 'sectores rústicos'.

El Seprona de la Guardia Civil, tras denuncia de la Fiscalía, investigó todas ellas por una supuesta ilegalidad urbanística y determinó que había indicios de delito en 20 parcelas, entre las que no se encontraba la del expresidente riojano.

Fiscalía interpuso denuncia contra esos 20 propietarios y contra el alcalde del municipio, Tomás Santolaya, por presuntos delitos de prevaricación y contra la ordenación del territorio. Pero en su auto, la juez Rosa Esperanza Sánchez acordó abrir nuevas diligencias contra las 69 construcciones entre las que se encuentra la de Pedro Sanz para conocer distintos datos.

El alcalde de la localidad recurrió y el juez ha aceptado revocar el auto de otoño con varios argumentos. Por un lado, considera que vuelve a abrir la investigación de personas sobre los que tanto Fiscalía como Seprona “descartaron en su día que hubiera motivos para ser investigadas judicialmente”.

A juicio del juez, se trata de una “investigación prospectiva”, dirigida a recabar datos sobre una generalidad de personas a las que no se dirige el procedimiento judicial y que no son investigadas. “Y las instrucciones prospectivas están prohibidas en nuestro ordenamiento jurídico, al objeto de evitar el efecto proscrito de 'inquisitio generalis'”, añade.

Por otro lado, el juez atiende otra alegación del alcalde de Villamediana de Iregua y es que no existe ningún indicio de delito de prevaricación al aprobar el Plan General de Ordenación Urbana del pueblo, que no ha sido “ni siquiera” recurrido en vía administrativa.

Este auto no es firme y contra él cabe recurso de apelación ante este mismo Juzgado número 3 de Logroño en el plazo de cinco días desde su notificación, que resolvería la Audiencia Provincial de La Rioja.

Preguntado por este auto, Pedro Sanz no ha querido hacer hoy declaraciones porque no las ha hecho en todo este tiempo. “No voy a hablar”, ha insistido.

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