Una nueva normativa regulará los apartamentos turísticos

Una nueva normativa regulará los apartamentos turísticos

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El Gobierno regional está trabajando en nuevo reglamento del sector del Turismo para “mejorar y modernizar la oferta turística de La Rioja”, buscando “atender las necesidades y las demandas de profesionales y visitantes y contribuir, en definitiva, al crecimiento de este sector tan relevante en la economía de La Rioja”, según el director general de Cultura y Turismo, Eduardo Rodríguez.

El borrador definitivo estará listo para el mes de marzo, con el objetivo de que la nueva norma esté aprobada este año. Ya se ha iniciado su tramitación y su presentación a los grupos parlamentarios, así como a los distintos colectivos afectados,como representantes de hoteles, camping, agencias de viajes, oficinas de información turística, albergues de peregrinos y Ayuntamientos de las cabeceras de comarca.

APARTAMENTOS TURÍSTICOS REGULADOS

El nuevo reglamento, cuyo borrador regulará los apartamentos y viviendas de uso turístico, una actividad en alza y en la que se buscará “estar abiertos a las nuevas demandas del sector, de modo que sea una actividad que se desarrolle de forma ordenada y que revierta en el resto del sector”.

De este modo, se intentará “combinar la actividad con su regulación, que sean vivienda registradas, que paguen sus impuestos, que haya seguridad, que se cuente con el sí de la comunidad de propietarios y, sobre todo, su uso consciente y responsable”.

NOVEDADES

La nueva norma refundirá en un único texto toda la legislación autonómica en este ámbito. Como principales novedades cabe destacar la eliminación de las categorías de los hostales, ahora clasificados en dos y una estrellas, dejándolos sin categorías al igual que las pensiones, debido al escaso valor que aportan en la actual sociedad de la información.

“Se ha considerado que es una clasificación que puede ser perjudicial para sus titulares al inducir a error a los usuarios, ya que éstos pueden percibir que son de baja categoría por analogismo con la clasificación de los hoteles”, ha señalado Rodríguez Osés.

El nuevo reglamento ha suprimido las especialidades hoteleras de “moteles” y “hoteles familiares”, dado que la experiencia ha demostrado que no han tenido ningún éxito en su implantación en nuestra comunidad.

También ha incluido como una especialidad de los albergues a los denominados “albergues de peregrinos”, regulando qué tipo de usuarios pueden tener, su ubicación física exclusivamente en los municipios por los que transcurre el Camino de Santiago por nuestra comunidad y el sometimiento parcial a la normativa general sobre los albergues turísticos.

Se excluye de la normativa turística a los albergues de peregrinos gestionados por entidades sin ánimo de lucro o de titularidad pública, ya que se entiende como una actividad básicamente cultural y asistencial.

También se ha optado por eliminar a los bares y cafeterías de la normativa turística por cuanto se considera que son servicios que ya tienen “su propia carga normativa tanto de la Administración local como autonómica por su consideración como actividades recreativas”, ha señalado el director general.

En relación a los campamentos de turismo, el nuevo texto normativo aclara la distinción entre estacionamiento y acampada en el caso de las autocaravanas, prohibiendo la acampada libre de éstas, a la vez que se declaran ajenas a esta normativa las realizadas como consecuencia de labores agrícolas (temporeros) o por la asistencia a ferias, fiestas etc.

Se ha incluido un capítulo dedicado a las empresas organizadoras de reuniones y congresos, que anteriormente sólo se mencionaban como un tipo de actividad turística complementaria y “cuya escasa regulación no correspondía a la importancia que tienen en el sector”. En este capítulo se concretan las funciones propias de las mismas, se les prohíbe ejercer funciones de las agencias de viajes y se aclara alguna cuestión relativa al contenido y coste de sus servicios.

También adaptará a la normativa europea los guías de turismo y los servicios prestados de intermediación turística; desarrollará la normativa a aplicar en el procedimiento de declaración de interés turístico de La Rioja a una fiesta, itinerario o ruta; y regulará también las asociaciones turísticas.

Finalmente, ha incluido un nuevo título regulador de la composición y funcionamiento del Consejo de Turismo de la Rioja, hasta ahora en un Decreto independiente, “concretando sus funciones y aumentando la periodicidad de sus reuniones al objeto de involucrar más al sector en la participación y en la toma de decisiones de la gestión pública en materia de turismo”, ha detallado el director general.

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